III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Contratación administrativa. (BOE-A-2023-16784)
Orden PCM/818/2023, de 18 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de junio de 2023, por el que se aprueba el Plan de Incorporación de la Metodología BIM en la contratación pública de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Jueves 20 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 105024

– Soporte tecnológico. La información de un contrato (planos, documentos, etc.)
puede tener un soporte papel o un soporte digital. La aplicación de BIM implica
información en soporte digital para lo cual es necesario utilizar diferentes soluciones
tecnológicas para producir, almacenar, compartir, etc., dicha información, dichos archivos
digitales. Dentro del soporte tecnológico existen dos conceptos básicos:
● Entorno Común de Datos (CDE). Solución tecnológica que integra un flujo de
trabajo para gestionar, entregar y revisar la información, por parte de todos los agentes
involucrados. El CDE se puede implementar con distintos grados de complejidad: desde
un sencillo repositorio electrónico, donde se almacenan y administran datos y
documentos electrónicos, y sus metadatos, con control de acceso, hasta una solución
más compleja, como plataforma para gestionar el estado y versión de la información o
revisar el contenido de los modelos.
● Estándares aplicables. Estándares que definen el formato de los archivos digitales
que se utilizan en el contrato.
– Personas. En esta categoría se establecen los requisitos mínimos sobre la
capacitación tanto del personal del órgano adjudicador como de los requisitos que se
solicitan al licitante.
La CIBIM creará una herramienta de autoevaluación que podrá usar cada órgano de
contratación para conocer el nivel BIM en el que se encuentra.
A continuación, se definen los requisitos mínimos asociados a cada uno de los cinco
niveles BIM en la gestión de la información de un contrato del sector público.
Nivel BIM previo (no BIM):
Categoría

Estrategia.

Estrategia.

El órgano de contratación no dispone de una estrategia para aplicar BIM en el
contrato.

Procedimientos de trabajo.

En el contrato no se requieren procedimientos de trabajo para la gestión de la
información del contrato.

Coordinación entre partes.

La coordinación entre las partes del contrato se realiza a través de reuniones
presenciales/virtuales y correos electrónicos.

Información del contrato.

La información gráfica que se produce en el contrato, por ejemplo, planos CAD
(elaborados con líneas, arcos, textos, bloques y volúmenes), no está vinculada
automáticamente con otro tipo de información o datos contenidos en otros
archivos.
En el contrato no se utilizan modelos BIM.

Entorno común de datos (CDE).

La gestión de la información del contrato se basa en archivos en papel o en
archivos digitales y no se establece el empleo de repositorios comunes para su
almacenaje.

Formatos de archivos.

En el contrato no se solicita ningún estándar para los formatos de los modelos
BIM.

Capacitación del órgano de
contratación.

El órgano de contratación no requiere que su personal que participa en el
contrato tenga conocimientos de BIM.

Capacitación del licitante.

En el contrato no se solicita que el licitante aporte medios humanos con
experiencia en contratos con requisitos BIM.

Procesos.

Soporte tecnológico.

Personas.

Requisitos mínimos

cve: BOE-A-2023-16784
Verificable en https://www.boe.es

a.