III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-16196)
Resolución de 3 de julio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la gestión de las becas de los niveles postobligatorios no universitarios y de las ayudas para alumnos con necesidad especifica de apoyo educativo, correspondientes a los cursos 2023-2024 y 2024-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Miércoles 12 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101361

SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
N.º DE AYUDA/SUBSIDIO: ............
ENSEÑANZAS: .............................
Centro (código): ............................

APELLIDO APELLIDO, NOMBRE
Calle ......................., número ............
LOCALIDAD, PROVINCIA
C.P.

En aplicación de lo dispuesto en la normativa reguladora de becas y ayudas al estudio (R.D. 1721/2007, de 21 de diciembre) y en la
Resolución de la Secretaria de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de
apoyo educativo para el curso académico
(BOE del
), se comunica que su solicitud ha sido denegada por:

- .................................................................

Contra esta Resolución -que pone fin a la vía administrativa- podrá interponer recurso de reposición ante la Dirección General de
Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución definitiva en la página web de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía. Dicho recurso podrá presentarse, preferentemente, a través de
la secretaría virtual de dicha Consejería. (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual).
Asimismo, esta Resolución definitiva podrá se impugnada mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.
Sevilla, ..... de ......................... de 202...
LA DIRECTORA GENERAL DE ORDENACIÓN, INCLUSIÓN,
PARTICIPACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA

UNIDAD DE TRÁMITE:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL PROVINCIA
DIRECCIÓN
C.P. LOCALIDAD (PROVINCIA)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-16196
Verificable en https://www.boe.es

NIF DEL ALUMNO/A: ....................................
(CONSERVE EL PRESENTE DOCUMENTO)