III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Oferta de empleo público. (BOE-A-2023-16191)
Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101310

de selección aquellos funcionarios que hubieren realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la
correspondiente convocatoria.
Los órganos de selección aplicarán en su actuación principios de agilidad y eficiencia
a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del
cumplimiento de los principios de actuación de conformidad con lo establecido en el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Asimismo, las convocatorias deberán prever un número suficiente de personas
integrantes de los órganos de selección de forma que se permita la existencia de varias
configuraciones de un mismo tribunal en un mismo proceso selectivo con actuaciones
simultáneas, en función del número de plazas convocadas, entre otros.
15. Las convocatorias de los procesos selectivos de personal funcionario,
juntamente con sus bases, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
De las convocatorias de personal laboral de la Administración General del Estado se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado» una reseña que contendrá, al menos, el
número de plazas por grupo y especialidad, su descripción y el lugar o lugares en que
figuren expuestas las bases completas de las convocatorias.
El anuncio de los procedimientos de contratación de los entes públicos se publicará
en sus portales de internet y en el punto de acceso general, administración.gob.es, e
incluirá, como mínimo, el número de plazas y su descripción objeto de la convocatoria,
así como el lugar y lugares en que se encuentren expuestas las bases completas y la
dirección web en que la ciudadanía pueda inscribirse de modo electrónico.
16. Las convocatorias establecerán que las personas participantes deberán realizar
la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación y los
procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos a través
de medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional
primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Los departamentos ministeriales y los organismos públicos podrán establecer
encomiendas de gestión con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
para facilitar que la presentación de instancias se realice a través del servicio de inscripción
en pruebas selectivas del punto de acceso general, administracion.gob.es/PAG/ips
El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo establecido
en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos Personales),
y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
Las convocatorias de procesos selectivos podrán establecer la obligatoriedad de que
las personas aspirantes que superen dichas pruebas soliciten destino utilizando
exclusivamente medios electrónicos cuando se den las condiciones pertinentes, de
acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
17. Las convocatorias de los procesos selectivos y sus bases, así como todas las
informaciones que afecten a las convocatorias y al desarrollo de todos los procesos
selectivos, cualquiera que sea el carácter de la relación vinculante con la Administración,
serán remitidas al buzón empleopublico@correo.gob.es por el órgano convocante, con el
fin de permitir el mayor seguimiento posible a través de los canales de atención a la
ciudadanía.
Del mismo modo, se deberá publicar en el punto de acceso general,
administracion.gob.es, la información relativa a las convocatorias y sus bases, así como
cualquier otra información relacionada con los procesos selectivos, para que las
personas participantes puedan seguir el desarrollo de los mismos.

cve: BOE-A-2023-16191
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Núm. 165