III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2023-16210)
Orden UNI/777/2023, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la financiación de planes de investigación en cooperación en el área de la inteligencia artificial desarrollados por grupos de investigación interdisciplinares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165

Miércoles 12 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101538

investigación para el año que se justifica, y que se agruparán, al menos, en las
siguientes categorías:
– Las actuaciones de coordinación del proyecto y gestión administrativa de la
misma.
– Las actuaciones técnico-científicas correspondientes al desarrollo del plan de
investigación separadas, en su caso, por las categorías de actuaciones recogidas en el
apartado tercero de la convocatoria.
– Valoración del grado de cumplimiento de objetivos del plan de investigación para el
año que se justifica.
En la Memoria Justificativa Final, se detallarán, además:
– Valoración del grado de cumplimiento de objetivos del proyecto.
– Valoración del impacto socioeconómico del proyecto.
– Valoración del cumplimiento del Plan de Sostenibilidad presentado como parte de
la solicitud.
– Listado de acciones para garantizar la aplicabilidad, en su caso, de las
investigaciones y los resultados obtenidos.
Un Informe Administrativo y Financiero, que contendrá:

i. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso,
fecha de pago. La relación clasificada de gastos e inversiones de la actividad se
corresponderá con los gastos cumplimentados en la SVTE.
Esta relación vendrá ordenada y agrupada según los diferentes conceptos
subvencionables recogidos en el anexo 2 de la convocatoria (costes de personal,
instrumental, etc.).
En particular se detallará la relación de desplazamientos imputados al proyecto:
Personas desplazadas, motivo del desplazamiento, gastos de viaje, locomoción, dietas,
alojamiento y manutención, seguros o visados.
ii. Se indicarán las desviaciones acaecidas en su caso, respecto al Plan Anual de
Actividades aprobado, con explicación de los motivos y actuaciones correctoras
adoptadas.
iii. Relación de horas anuales trabajadas por cada integrante de la agrupación de
investigación cuyo salario esté financiado por el Real Decreto regulador de la
subvención. Se corresponderá con los gastos cumplimentados en la SVTE.
iv. Declaración de la persona que ostenta la representación legal de la entidad
beneficiaria donde se incluya una relación detallada de otros ingresos o subvenciones
que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su
procedencia.
v. Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de
Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario. En caso de que resulte de
aplicación, se deberá acreditar documentalmente el procedimiento de adjudicación
empleado, según las modalidades que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público o su equivalente en el país de ejecución.
vi. En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
vii. Declaración DNSH y otros documentos exigibles para acreditar el cumplimiento
de la normativa exigible en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
viii. En su caso, documentación justificativa de los procedimientos de contratación
empleados para contrataciones (compras, subcontrataciones, etc.), según las
modalidades que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público o su equivalente en el país de ejecución.

cve: BOE-A-2023-16210
Verificable en https://www.boe.es

ii.