III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2023-16210)
Orden UNI/777/2023, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la financiación de planes de investigación en cooperación en el área de la inteligencia artificial desarrollados por grupos de investigación interdisciplinares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101535

Europea y las autoridades nacionales competentes, ejerzan sus competencias, según la
Orden Ministerial de Hacienda HFP/1030/2021, de 29 de septiembre. Para verificar el
compromiso de cumplimiento de estas obligaciones, se tendrá en cuenta todo lo
establecido en dicha orden, así como en la Guía técnica sobre la aplicación del principio
de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia (Comunicación de la Comisión 2021/C 58/01).
Así mismo, las actividades que se realicen en el ámbito de la orden que regula la
convocatoria de estas ayudas no deberán generar ninguna desigualdad de género ni
ningún impacto desfavorable en la infancia ni en la adolescencia. En las memorias
justificativas se detallarán, en su caso, las actuaciones adoptadas para verificar los
anteriores compromisos.
ANEXO 4
Documentación a presentar durante el seguimiento: Modificaciones,
Subcontrataciones y Renuncias
Toda la documentación requerida dentro del presente anexo tendrá como formato
general PDF, con un tamaño de página A4 (210 mm x 297 mm), con interlineado sencillo
y letra de un tamaño mínimo de 11 puntos, si bien pueden utilizarse tamaños inferiores (8
puntos mínimo) para gráficos e ilustraciones en color siempre que resulten legibles. Para
la determinación de la extensión máxima no se tomarán en cuenta portada ni índices,
pero sí cualquier anexo que se adjunte al documento. Las páginas deberán ir
numeradas.
Se presentará la documentación a través del trámite disponible al efecto en la sede
electrónica del Ministerio de Universidades, a partir de la publicación de la propuesta de
resolución provisional a través de la sede electrónica, de acuerdo con lo establecido en
el apartado decimotercero de esta resolución.
A. Documentación a presentar con las solicitudes de autorización previa de las
subcontrataciones
1. Borrador del contrato con la entidad subcontratada, que debe incluir como
mínimo la siguiente información:
a. Los datos de las partes contratantes.
b. Objeto y alcance del contrato: debe tener relación directa con las tareas a
desarrollar descritas en la solicitud de la ayuda y en la oferta seleccionada. Las tareas
subcontratadas deben estar suficientemente diferenciadas de las tareas realizadas por el
beneficiario y otras posibles subcontrataciones del mismo proyecto.
c. Planificación y coste de cada tarea.
d. Compromiso de las partes y consecuencia del incumplimiento.
e. Fecha de entrada en vigor o de inicio de los trabajos.
2. Si el importe del contrato de la entidad a subcontratar supera el establecido en la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor,
se adjuntarán, además:
a. Descripción del proceso de selección realizado, detallando la comunicación y
publicidad, la solicitud de las ofertas y los criterios para la selección de la oferta
adjudicataria. Podrá presentar pliego de condiciones o documento similar elaborado por
el beneficiario con las especificaciones técnicas necesarias para presentar la oferta,
correos con el envío/respuesta del pliego o cualquier otro documento que el beneficiario
considere probatorio de la transparencia del citado proceso.
b. Las ofertas analizadas, que serán al menos tres, deberán describir con suficiente
detalle los trabajos o bienes ofertados, y deberán ser coherentes con las tareas a
subcontratar definidas en la solicitud de ayuda, incluyendo pruebas fehacientes de su

cve: BOE-A-2023-16210
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 165