II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-16122)
Resolución de 3 de julio de 2023, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de julio de 2023
5.

Sec. II.B. Pág. 100950

Documentación

Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud de participación la documentación
siguiente:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no posean
nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar copia del
documento que acredite su nacionalidad y, en el supuesto previsto en el artículo 2.21.º
del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, los documentos que acrediten el vínculo de
parentesco y el hecho de vivir a expensas de, o estar a cargo del nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo, cuando esta
circunstancia proceda. En el supuesto de aquellos aspirantes que participen en las
presentes pruebas selectivas por su condición de cónyuges, deberán presentar, además
de los documentos señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse separado de
derecho de su cónyuge.
b) Fotocopia de los documentos justificativos de los requisitos exigidos para
participar en la convocatoria establecidos en la base segunda (certificado de acreditación
o certificado de habilitación, título de funcionario de carrera).
c) Fotocopia del título de Doctor.
d) Justificante del pago de tasas por participación en el concurso o de estar exento
de la misma, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de la condición
de discapacitado o fotocopia del título de familia numerosa en vigor.
La no aportación de la documentación que acompañe a la solicitud en el plazo de
presentación de solicitudes o en el de subsanación concedido al efecto, determinará la
exclusión del aspirante.
La falta de abono de los derechos de examen durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. La falta de
justificación de encontrarse exento de los derechos de examen determinará la exclusión
del aspirante
En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a este efecto por los aspirantes
en sus solicitudes. Será responsabilidad exclusiva del concursante tanto los errores en
su consignación como la comunicación a la Administración de cualquier cambio de
domicilio a efectos de notificación.
6.

Resolución de admisión

6.1 En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, se hará pública la resolución del Rector por la que se aprueba la relación
provisional de aspirantes admitidos y excluidos al concurso, con detalle de las causas de
su exclusión. La resolución se publicará en el Tablón electrónico oficial de la Universidad
de Burgos y en su página web.
6.2 En el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de
publicación en el Tablón de electrónico oficial de la Universidad de Burgos de la
resolución referida en el apartado anterior, los interesados podrán presentar reclamación
o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de las relaciones de
admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la
exclusión o no realicen alegación frente a la omisión producida, justificando su derecho a
ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
6.3 Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará, mediante el procedimiento
establecido anteriormente, la resolución del Rector por la que se aprueba la relación
definitiva de concursantes admitidos y excluidos que pondrá fin a la vía administrativa.
Contra ella los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el
órgano judicial competente. Potestativamente podrán interponer recurso de reposición

cve: BOE-A-2023-16122
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Núm. 164