III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-16031)
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental, para el seguimiento de las medidas de gestión de los regadíos en la Mancha Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 100201

artículos 20.B).10 y 20.D) del Plan Hidrológico recientemente derogado, aprobado por
Real Decreto Legislativo 1/2016, de 8 de enero.
Que el artículo 87.3 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, establece que los Organismos de cuenca
podrán celebrar convenios con las comunidades de usuarios de aguas subterráneas, al
objeto de establecer la colaboración de éstas en las funciones de control efectivo del
régimen de explotación y respeto a los derechos sobre las aguas. En estos convenios
podrá preverse, entre otras cosas, la sustitución de las captaciones de aguas
subterráneas preexistentes por captaciones comunitarias, así como el apoyo económico
y técnico del Organismo de cuenca a la comunidad de usuarios para el cumplimiento de
los términos del convenio.
Que por Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., de 13 de
diciembre de 2016 se declaró a la JCRMO como la comunidad de usuarios ya constituida
a efectos de lo dispuesto en el artículo 41 del anterior Plan Hidrológico de la
Demarcación Hidrográfica del Júcar, aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero; y
ordena la obligatoria integración en ella de los usuarios de aprovechamientos de las
masas de agua subterránea que no se encuentran en buen estado cuantitativo y de las
contiguas en buen estado con relación hidrológica directa, así como de las masas de
agua superficial asociadas a las anteriores.
Que para la materialización por parte del Organismo de cuenca de los derechos al
uso del agua es imprescindible una adecuada caracterización física y administrativa de
los distintos aprovechamientos. Con esta finalidad, se suscribieron dos convenios
en 1999 y 2001 entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., y la Junta Central de
Regantes de la Mancha Oriental para la Caracterización Física y Administrativa de las
Unidades de Gestión Hídrica del Acuífero Mancha Oriental, ya concluidos. En el
año 2003 se firmó un nuevo convenio para el seguimiento del Plan de Explotación y
asistencia en los trabajos de regularización administrativa de los regadíos del Acuífero
Mancha Oriental, ampliado en los convenios suscritos todos los años desde 2004 a 2018
a trabajos que integran medidas de gestión de los recursos hídricos en La Mancha
Oriental.
Que la experiencia en la colaboración entre la CHJ y la JCRMO en anteriores
acuerdos, aunando los esfuerzos, medios e información de ambas entidades, ha
demostrado su eficacia y garantía de los resultados, teniendo en cuenta, entre otros
aspectos, la facilidad de acceso de los interesados a la información relevante en la
resolución de su expediente.
Que con fecha 20 de marzo de 2019 se firmó el Convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Júcar, O.A., y la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental para
el seguimiento de las medidas de gestión de los regadíos en la Mancha Oriental, cuya
vigencia se extendió hasta el 31 de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2022
expiró el convenio firmado el 19 de abril de 2021.
Que, habiéndose cumplido los objetivos del convenio, existe voluntad de continuar
los trabajos.
Que como paso previo a la elaboración del Plan de Explotación de la masa de agua
subterránea de la Mancha Oriental, que deberá efectuarse, según lo establecido en el
PHD, con la colaboración de los usuarios de dicha masa y vinculante para todos ellos,
resulta de especial interés continuar aplicando las Normas Provisionales de Gestión de
la JCRMO, según la denominación de la Resolución de Presidencia de la CHJ de 19 de
febrero de 1999 (Normas de gestión, coordinación y control de los aprovechamientos de
regadío de la Mancha). Y, a dicho fin, dando continuidad a las actuaciones anteriores,
ambas partes han decidido coordinar sus esfuerzos para la ejecución de las mismas y
estiman necesario continuar con dicha colaboración, y formalizar nuevo convenio, de
conformidad con las siguientes

cve: BOE-A-2023-16031
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Núm. 163