III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-16031)
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental, para el seguimiento de las medidas de gestión de los regadíos en la Mancha Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100199
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16031
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Junta Central de
Regantes de la Mancha Oriental, para el seguimiento de las medidas de
gestión de los regadíos en la Mancha Oriental.
La Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., y la Junta Central de Regantes de la
Mancha Oriental han suscrito, con fecha 28 de junio de 2023, el convenio de referencia,
por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Valencia, 30 de junio de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán.
ANEXO
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., y la Junta Central de
Regantes de la Mancha Oriental para el seguimiento de las medidas de gestión de
los regadíos en la Mancha Oriental (UGHS 2023-2026)
De una parte, don Miguel Polo Cebellán, que interviene en nombre y representación
de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., con NIF Q4617001E, de la que es
Presidente, nombrado por el Secretario de Estado de Medioambiente (toma de posesión
de 2 de febrero de 2021), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 30 del
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Aguas, y en ejercicio de las competencias asignadas en los artículos 23.2.b)
y 25. 2 del citado texto refundido.
De otra parte, don Herminio Molina Abellán, Presidente de la Junta Central de
Regantes de la Mancha Oriental (en adelante, JCRMO), según acuerdo de la Asamblea
general extraordinaria de 30 de noviembre de 2019, en representación legal de dicha
entidad de acuerdo con el artículo 35 del convenio de creación de la JCRMO de junio
de 1995, en desarrollo de los artículos 217 y 221 del Real Decreto 849/1986, de 11 de
abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (escritura de
elevación de acuerdos sociales n.º 282 del Notario del Ilustre Colegio de Castilla-La
Mancha don Miguel Ángel Vicente Martínez).
EXPONEN
Que el artículo 21, apartado B, punto 4, del anexo XI, Disposiciones normativas del
Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, del Real Decreto 35/2023,
cve: BOE-A-2023-16031
Verificable en https://www.boe.es
Reconociéndose las partes, en el concepto en que intervienen, la capacidad legal y
representación necesarias para formalizar el presente convenio,
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100199
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16031
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con la Junta Central de
Regantes de la Mancha Oriental, para el seguimiento de las medidas de
gestión de los regadíos en la Mancha Oriental.
La Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., y la Junta Central de Regantes de la
Mancha Oriental han suscrito, con fecha 28 de junio de 2023, el convenio de referencia,
por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Valencia, 30 de junio de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán.
ANEXO
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., y la Junta Central de
Regantes de la Mancha Oriental para el seguimiento de las medidas de gestión de
los regadíos en la Mancha Oriental (UGHS 2023-2026)
De una parte, don Miguel Polo Cebellán, que interviene en nombre y representación
de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., con NIF Q4617001E, de la que es
Presidente, nombrado por el Secretario de Estado de Medioambiente (toma de posesión
de 2 de febrero de 2021), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 30 del
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de Aguas, y en ejercicio de las competencias asignadas en los artículos 23.2.b)
y 25. 2 del citado texto refundido.
De otra parte, don Herminio Molina Abellán, Presidente de la Junta Central de
Regantes de la Mancha Oriental (en adelante, JCRMO), según acuerdo de la Asamblea
general extraordinaria de 30 de noviembre de 2019, en representación legal de dicha
entidad de acuerdo con el artículo 35 del convenio de creación de la JCRMO de junio
de 1995, en desarrollo de los artículos 217 y 221 del Real Decreto 849/1986, de 11 de
abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (escritura de
elevación de acuerdos sociales n.º 282 del Notario del Ilustre Colegio de Castilla-La
Mancha don Miguel Ángel Vicente Martínez).
EXPONEN
Que el artículo 21, apartado B, punto 4, del anexo XI, Disposiciones normativas del
Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, del Real Decreto 35/2023,
cve: BOE-A-2023-16031
Verificable en https://www.boe.es
Reconociéndose las partes, en el concepto en que intervienen, la capacidad legal y
representación necesarias para formalizar el presente convenio,