III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-16056)
Resolución de 13 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Notariado, para regular la colaboración en el Programa Agentes del Cambio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100249
Las Partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica y de obrar para obligarse
mediante el presente convenio, y en su virtud
EXPONEN
Primero.
Que el objeto del presente convenio es establecer los términos de la colaboración entre la
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y la entidad colaboradora,
Consejo General del Notariado, para que actuando en nombre y por cuenta del órgano
concedente a todos los efectos relacionados con las subvenciones previstas en la presente
orden, colabore en la gestión de las subvenciones sin que se produzca la previa entrega y
distribución de los fondos recibidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En el ámbito de la gestión de las ayudas solicitadas y concedidas en el marco del
Programa Agentes del Cambio, y de conformidad con lo previsto en la Orden
ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la
concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de
Profesionales de la Transformación Digital en el marco de la Agenda España
Digital 2026, el Plan de Digitalización de pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea–
Nextgeneration EU (Programa Agentes del Cambio), en este marco el Consejo General
del Notariado llevará acabo las actuaciones que se describen en la Cláusula Tercera del
presente convenio.
Que a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, le
corresponden las funciones dispuestas en el artículo 8 del Real Decreto 403/2020, de 25
de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital, así como las funciones previstas en el
artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
en el ámbito de sus competencias, relativas a la política de impulso a la digitalización de
la sociedad y economía de forma respetuosa con los derechos individuales y colectivos,
así como con los valores del ordenamiento jurídico español.
Ejercerá, por tanto, funciones de fomento y regulación de los servicios digitales y de la
economía y sociedad digitales, la interlocución con los sectores profesionales, industriales y
académicos, el impulso de la digitalización del sector público y la coordinación y
cooperación interministerial con otras Administraciones Públicas respecto a dichas materias,
-sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos ministeriales y en
coordinación con estos-, el ejercicio de las acciones derivadas de los planes de acción para
la implantación de las estrategias nacionales e internacionales en el ámbito de la
transformación digital y servicios públicos universales de calidad orientados a los
ciudadanos y empresas, promoviendo la incorporación de las tecnologías de la información
y las comunicaciones y la digitalización a los procedimientos administrativos y la adaptación
de la gestión pública al uso de medios digitales.
La Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, establece en su artículo 20 que la
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial es el organismo público
competente para la concesión de las ayudas del Programa Agentes del Cambio.
Tercero.
Que el Consejo General del Notariado tiene, de acuerdo con el artículo 336 del
Decreto de 2 de junio de 1944, por el que se aprueba con carácter definitivo el
Reglamento de la organización y régimen del Notariado (Reglamento Notarial, en
adelante), la condición de Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica
cve: BOE-A-2023-16056
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100249
Las Partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica y de obrar para obligarse
mediante el presente convenio, y en su virtud
EXPONEN
Primero.
Que el objeto del presente convenio es establecer los términos de la colaboración entre la
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y la entidad colaboradora,
Consejo General del Notariado, para que actuando en nombre y por cuenta del órgano
concedente a todos los efectos relacionados con las subvenciones previstas en la presente
orden, colabore en la gestión de las subvenciones sin que se produzca la previa entrega y
distribución de los fondos recibidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En el ámbito de la gestión de las ayudas solicitadas y concedidas en el marco del
Programa Agentes del Cambio, y de conformidad con lo previsto en la Orden
ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la
concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de
Profesionales de la Transformación Digital en el marco de la Agenda España
Digital 2026, el Plan de Digitalización de pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea–
Nextgeneration EU (Programa Agentes del Cambio), en este marco el Consejo General
del Notariado llevará acabo las actuaciones que se describen en la Cláusula Tercera del
presente convenio.
Que a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, le
corresponden las funciones dispuestas en el artículo 8 del Real Decreto 403/2020, de 25
de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital, así como las funciones previstas en el
artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
en el ámbito de sus competencias, relativas a la política de impulso a la digitalización de
la sociedad y economía de forma respetuosa con los derechos individuales y colectivos,
así como con los valores del ordenamiento jurídico español.
Ejercerá, por tanto, funciones de fomento y regulación de los servicios digitales y de la
economía y sociedad digitales, la interlocución con los sectores profesionales, industriales y
académicos, el impulso de la digitalización del sector público y la coordinación y
cooperación interministerial con otras Administraciones Públicas respecto a dichas materias,
-sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos ministeriales y en
coordinación con estos-, el ejercicio de las acciones derivadas de los planes de acción para
la implantación de las estrategias nacionales e internacionales en el ámbito de la
transformación digital y servicios públicos universales de calidad orientados a los
ciudadanos y empresas, promoviendo la incorporación de las tecnologías de la información
y las comunicaciones y la digitalización a los procedimientos administrativos y la adaptación
de la gestión pública al uso de medios digitales.
La Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, establece en su artículo 20 que la
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial es el organismo público
competente para la concesión de las ayudas del Programa Agentes del Cambio.
Tercero.
Que el Consejo General del Notariado tiene, de acuerdo con el artículo 336 del
Decreto de 2 de junio de 1944, por el que se aprueba con carácter definitivo el
Reglamento de la organización y régimen del Notariado (Reglamento Notarial, en
adelante), la condición de Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica
cve: BOE-A-2023-16056
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.