III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-15883)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia y la Agencia Gallega de Infraestructuras, para la redacción del proyecto y ejecución de la obra "Estructura flotante en la zona del Parrote del puerto de A Coruña para la realización de actividades náutico-deportivas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Sábado 8 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 99399
ejecución de las obras. Los modificados, complementarios y otras incidencias que se
deriven de la ejecución del contrato requerirán la modificación del convenio.
Los distintos proyectos modificados redactados durante la ejecución de la obra
deberán contar con la conformidad de las partes firmantes del convenio, mediante
acuerdo adoptado en el seno de la Comisión de Seguimiento.
Tercera.
Financiación.
La financiación de esta actuación, cuyo coste es de tres millones ciento dos mil
cuatrocientos sesenta y cinco euros, con cuarenta y un céntimos (3.102.465,41 euros)
IVA incluido, será asumida por la Xunta de Galicia en un 93,37%, y por la Autoridad
Portuaria de A Coruña en un 6,63%.
La distribución de costes (IVA incluido) por anualidades es la siguiente:
Entidad
Xunta de Galicia.
Autoridad Portuaria.
Total.
Total (con IVA)
2023
2024
2.896.765,41 1.448.382,71 1.448.382,70
205.700,00
205.700,00
0,00
3.102.465,41 1.654.082,71 1.448.382,70
Con carácter previo a la firma del convenio, se aportarán los documentos contables o
presupuestarios de las partes firmantes que aseguren la existencia de crédito adecuado
y suficiente y el adecuado compromiso presupuestario a lo largo del período de vigencia
del convenio o, en general, cualesquiera otros que acrediten la participación financiera
de los distintos intervinientes en el convenio (documento contable RC, de Retención de
Crédito, avales bancarios, o instrumentos de naturaleza análoga).
Cuarta.
Obligaciones de la Autoridad Portuaria de A Coruña.
1. Financiar, redactar, supervisar, replantear y aprobar técnicamente el proyecto de
la obra «Estructura flotante en la zona del Parrote del puerto de A Coruña para la
realización de actividades náutico-deportivas».
Asimismo, el Proyecto deberá contar con la conformidad de las partes firmantes del
presente convenio, que será otorgada en el seno de la Comisión de Seguimiento.
2. Remitir a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda y a la Agencia
Gallega de Infraestructuras el proyecto de la obra «Estructura flotante en la zona del
Parrote del puerto de A Coruña para la realización de actividades náutico-deportivas» así
como cualquier otra documentación disponible sobre esta actuación.
3. Poner a disposición de la AXI los terrenos necesarios, libres de cargas y
gravámenes y con el régimen urbanístico adaptado para la ejecución de las obras a que
se refieren las actuaciones descritas en la cláusula primera. La puesta a disposición
quedará formalizada en la correspondiente acta.
4. Prestar, cuando le sea requerido por cualquiera de las partes firmantes de este
convenio, en cualquiera de las fases en las que se encuentre la ejecución de esta
actuación, la ayuda y colaboración técnica necesaria para desarrollarla
satisfactoriamente.
5. Asumir, en caso de que así se requiriera, la realización de las gestiones
pertinentes ante los organismos que correspondan para la obtención de los permisos,
licencias o autorizaciones que sean exigibles para llevar a cabo la actuación.
6. Otorgar las autorizaciones y/o concesiones, que de ser el caso, sean exigidas
por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, para la
realización de las obras de construcción de la «Estructura flotante en la zona del Parrote
cve: BOE-A-2023-15883
Verificable en https://www.boe.es
La Autoridad Portuaria de A Coruña se obliga a:
Núm. 162
Sábado 8 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 99399
ejecución de las obras. Los modificados, complementarios y otras incidencias que se
deriven de la ejecución del contrato requerirán la modificación del convenio.
Los distintos proyectos modificados redactados durante la ejecución de la obra
deberán contar con la conformidad de las partes firmantes del convenio, mediante
acuerdo adoptado en el seno de la Comisión de Seguimiento.
Tercera.
Financiación.
La financiación de esta actuación, cuyo coste es de tres millones ciento dos mil
cuatrocientos sesenta y cinco euros, con cuarenta y un céntimos (3.102.465,41 euros)
IVA incluido, será asumida por la Xunta de Galicia en un 93,37%, y por la Autoridad
Portuaria de A Coruña en un 6,63%.
La distribución de costes (IVA incluido) por anualidades es la siguiente:
Entidad
Xunta de Galicia.
Autoridad Portuaria.
Total.
Total (con IVA)
2023
2024
2.896.765,41 1.448.382,71 1.448.382,70
205.700,00
205.700,00
0,00
3.102.465,41 1.654.082,71 1.448.382,70
Con carácter previo a la firma del convenio, se aportarán los documentos contables o
presupuestarios de las partes firmantes que aseguren la existencia de crédito adecuado
y suficiente y el adecuado compromiso presupuestario a lo largo del período de vigencia
del convenio o, en general, cualesquiera otros que acrediten la participación financiera
de los distintos intervinientes en el convenio (documento contable RC, de Retención de
Crédito, avales bancarios, o instrumentos de naturaleza análoga).
Cuarta.
Obligaciones de la Autoridad Portuaria de A Coruña.
1. Financiar, redactar, supervisar, replantear y aprobar técnicamente el proyecto de
la obra «Estructura flotante en la zona del Parrote del puerto de A Coruña para la
realización de actividades náutico-deportivas».
Asimismo, el Proyecto deberá contar con la conformidad de las partes firmantes del
presente convenio, que será otorgada en el seno de la Comisión de Seguimiento.
2. Remitir a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda y a la Agencia
Gallega de Infraestructuras el proyecto de la obra «Estructura flotante en la zona del
Parrote del puerto de A Coruña para la realización de actividades náutico-deportivas» así
como cualquier otra documentación disponible sobre esta actuación.
3. Poner a disposición de la AXI los terrenos necesarios, libres de cargas y
gravámenes y con el régimen urbanístico adaptado para la ejecución de las obras a que
se refieren las actuaciones descritas en la cláusula primera. La puesta a disposición
quedará formalizada en la correspondiente acta.
4. Prestar, cuando le sea requerido por cualquiera de las partes firmantes de este
convenio, en cualquiera de las fases en las que se encuentre la ejecución de esta
actuación, la ayuda y colaboración técnica necesaria para desarrollarla
satisfactoriamente.
5. Asumir, en caso de que así se requiriera, la realización de las gestiones
pertinentes ante los organismos que correspondan para la obtención de los permisos,
licencias o autorizaciones que sean exigibles para llevar a cabo la actuación.
6. Otorgar las autorizaciones y/o concesiones, que de ser el caso, sean exigidas
por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, para la
realización de las obras de construcción de la «Estructura flotante en la zona del Parrote
cve: BOE-A-2023-15883
Verificable en https://www.boe.es
La Autoridad Portuaria de A Coruña se obliga a: