III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-15801)
Resolución de 4 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el apoyo al emprendimiento y a la PYME innovadora en el sector agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativo: Línea Agroinnpulso, Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96484
de 10 millones en virtud de la misma Disposición con cargo al servicio 50
correspondiente al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Resulta de aplicación el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, así como el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Mediante el presente convenio, el MAPA aporta un total de 16 millones de euros a
ENISA y se establecen, en cumplimiento de lo previsto en la referida Ley 11/2020, las
condiciones, criterios, procedimientos y control que esta deberá establecer para la
concesión de los préstamos participativos. El convenio contempla asimismo las
obligaciones asumidas por cada una de las partes en la gestión de esta línea de
financiación, denominada Línea Agroinnpulso.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto instrumentalizar la transferencia de fondos del
MAPA a ENISA con destino a la línea de financiación a proyectos empresariales de base
digital promovidos por las pequeñas y medianas empresas del ámbito agroalimentario a
través de la figura del préstamo participativo.
Asimismo, el presente convenio tiene por objeto regular las condiciones, criterios,
procedimientos y control que ENISA deberá aplicar a la concesión de los préstamos
participativos.
Segunda.
Préstamo del MAPA a ENISA.
ENISA recibirá un préstamo del MAPA en el año 2023 por un importe de hasta 16
millones de euros, con el objeto de favorecer la financiación de proyectos empresariales
innovadores y digitales promovidos por PYMES agroalimentarias. El préstamo tendrá un
período máximo de amortización de diez años, a tipo de interés cero y sin necesidad de
garantías.
El
préstamo
será
concedido
con
cargo
a
las
aplicaciones
presupuestarias 21.08.414B.821.06, 6 millones, y 21.050.41CE.829.06 (partida
presupuestaria del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia), 10 millones,
respectivamente del presupuesto vigente, y financiará los préstamos participativos
aprobados por ENISA contra la presente línea de financiación a proyectos empresariales
de base digital promovidos por las pequeñas y medianas empresas del ámbito
agroalimentario a través de la figura del préstamo participativo (Línea Agroinnpulso).
Los fondos previstos para esta línea de financiación en la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 se transferirán por el
MAPA a ENISA una vez firmado el presente convenio.
Cuarta.
Características de los préstamos participativos concedidos por ENISA.
1. Según lo establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, en el presente convenio, se entiende por
préstamo participativo aquél que reúna las características y condiciones previstas en el
artículo 20 del Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, sobre Medidas Urgentes de
carácter Fiscal y de Fomento y Liberalización de la Actividad Económica, modificado por
cve: BOE-A-2023-15801
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Transferencia de los fondos a ENISA.
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96484
de 10 millones en virtud de la misma Disposición con cargo al servicio 50
correspondiente al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Resulta de aplicación el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, así como el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Mediante el presente convenio, el MAPA aporta un total de 16 millones de euros a
ENISA y se establecen, en cumplimiento de lo previsto en la referida Ley 11/2020, las
condiciones, criterios, procedimientos y control que esta deberá establecer para la
concesión de los préstamos participativos. El convenio contempla asimismo las
obligaciones asumidas por cada una de las partes en la gestión de esta línea de
financiación, denominada Línea Agroinnpulso.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto instrumentalizar la transferencia de fondos del
MAPA a ENISA con destino a la línea de financiación a proyectos empresariales de base
digital promovidos por las pequeñas y medianas empresas del ámbito agroalimentario a
través de la figura del préstamo participativo.
Asimismo, el presente convenio tiene por objeto regular las condiciones, criterios,
procedimientos y control que ENISA deberá aplicar a la concesión de los préstamos
participativos.
Segunda.
Préstamo del MAPA a ENISA.
ENISA recibirá un préstamo del MAPA en el año 2023 por un importe de hasta 16
millones de euros, con el objeto de favorecer la financiación de proyectos empresariales
innovadores y digitales promovidos por PYMES agroalimentarias. El préstamo tendrá un
período máximo de amortización de diez años, a tipo de interés cero y sin necesidad de
garantías.
El
préstamo
será
concedido
con
cargo
a
las
aplicaciones
presupuestarias 21.08.414B.821.06, 6 millones, y 21.050.41CE.829.06 (partida
presupuestaria del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia), 10 millones,
respectivamente del presupuesto vigente, y financiará los préstamos participativos
aprobados por ENISA contra la presente línea de financiación a proyectos empresariales
de base digital promovidos por las pequeñas y medianas empresas del ámbito
agroalimentario a través de la figura del préstamo participativo (Línea Agroinnpulso).
Los fondos previstos para esta línea de financiación en la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 se transferirán por el
MAPA a ENISA una vez firmado el presente convenio.
Cuarta.
Características de los préstamos participativos concedidos por ENISA.
1. Según lo establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, en el presente convenio, se entiende por
préstamo participativo aquél que reúna las características y condiciones previstas en el
artículo 20 del Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, sobre Medidas Urgentes de
carácter Fiscal y de Fomento y Liberalización de la Actividad Económica, modificado por
cve: BOE-A-2023-15801
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Transferencia de los fondos a ENISA.