III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-15809)
Resolución de 4 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Secretaría de Estado de Función Pública, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96529
propia, o por cuenta ajena y, en tal caso, la denominación de la sociedad o empresa. Los
datos que se ofrecerán serán los siguientes: - nombres y apellidos de los altos cargos
consultados. – Si es trabajador autónomo. – Si es trabajador por cuenta ajena…».
Asimismo, donde dice: «La información se remitirá siempre bajo demanda mediante
el envío de un fichero por parte de la OCI a TGSS con el diseño de registro que se
acuerde. La solicitud se efectuará con periodicidad trimestral, salvo peticiones puntuales
de información por parte de la OCI», debe añadirse la siguiente frase: «El medio para
intercambiar los ficheros entre los sistemas de la OCI y la TGSS será IFI (Intercambio
Institucional de Ficheros), herramienta desarrollada por la Gerencia de Informática de la
Seguridad Social, que garantiza un nivel adecuado de seguridad y permite un grado
suficiente de automatización. Se establece el plazo máximo de un año desde la firma de
la adenda para que las partes adapten sus sistemas al uso de IFI.»
En todo lo demás, el convenio suscrito en fecha 3 de junio de 2019, mantiene su
vigencia.
Tercero.
Eficacia.
La presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Adicionalmente, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-15809
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente
adenda.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés
Harto Martínez.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia Sánchez Milán.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96529
propia, o por cuenta ajena y, en tal caso, la denominación de la sociedad o empresa. Los
datos que se ofrecerán serán los siguientes: - nombres y apellidos de los altos cargos
consultados. – Si es trabajador autónomo. – Si es trabajador por cuenta ajena…».
Asimismo, donde dice: «La información se remitirá siempre bajo demanda mediante
el envío de un fichero por parte de la OCI a TGSS con el diseño de registro que se
acuerde. La solicitud se efectuará con periodicidad trimestral, salvo peticiones puntuales
de información por parte de la OCI», debe añadirse la siguiente frase: «El medio para
intercambiar los ficheros entre los sistemas de la OCI y la TGSS será IFI (Intercambio
Institucional de Ficheros), herramienta desarrollada por la Gerencia de Informática de la
Seguridad Social, que garantiza un nivel adecuado de seguridad y permite un grado
suficiente de automatización. Se establece el plazo máximo de un año desde la firma de
la adenda para que las partes adapten sus sistemas al uso de IFI.»
En todo lo demás, el convenio suscrito en fecha 3 de junio de 2019, mantiene su
vigencia.
Tercero.
Eficacia.
La presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Adicionalmente, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-15809
Verificable en https://www.boe.es
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente
adenda.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, Andrés
Harto Martínez.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia Sánchez Milán.
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