III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-15809)
Resolución de 4 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Secretaría de Estado de Función Pública, para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96528
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 3 de junio de 2019 el Director General de la Tesorería General de la
Seguridad Social y el Secretario de Estado de Función Pública firmaron un Convenio
sobre cesión de datos por parte de TGSS a la Oficina de Conflictos de Intereses (en
adelante, OCI) sobre las personas que hayan cesado como altos cargos. El citado
convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 28 de junio de 2019,
mediante Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Relaciones
con las Cortes e Igualdad, de fecha 18 de junio de 2019. Verificable en https://
www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-9714
Segundo.
Que la cláusula séptima del mencionado convenio establece el plazo de cuatro años
como período de vigencia del mismo, así como la posibilidad de su prórroga por un plazo
máximo de cuatro años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de
la finalización de dicho período de vigencia.
Tercero.
Que conforme a lo establecido en la cláusula octava del mismo, el convenio puede
ser objeto de prórroga por acuerdo unánime de las partes, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
En este sentido, con fecha 3 de junio de 2022 se celebró una reunión de la comisión
mixta de coordinación y seguimiento prevista en la cláusula cuarta del convenio, en la
que se acordó por las partes incrementar el nivel de seguridad del intercambio de
información y su automatización a través del intercambio institucional de ficheros.
En atención a lo expuesto, las partes,
ACUERDAN
Primero.
Prórroga.
Prorrogar el convenio formalizado por ambas en fecha 3 de junio de 2019, por un
período de cuatro años más, a computar desde el día 28 de junio de 2023, de
conformidad con lo dispuesto en su cláusula séptima.
Segundo.
Modificación.
Modificar el número 6 del expositivo, sustituyendo la referencia al Real Decreto
regulador del Esquema Nacional de Seguridad (ENS).
Modificar la cláusula segunda, apartado a) del Convenio.
Concretamente, donde dice: «La TGSS facilitará a la OCI la información acerca de
las personas que han cesado como altos cargos, informando de la actividad que realicen
por cuenta propia, o por cuenta ajena y, en tal caso, la denominación de la sociedad o
empresa. Los datos serán: – Si es trabajador autónomo. – Si es trabajador por cuenta
ajena…», debe decir: «La TGSS facilitará a la OCI la información acerca de las personas
que han cesado como altos cargos, informando de la actividad que realicen por cuenta
cve: BOE-A-2023-15809
Verificable en https://www.boe.es
Concretamente, donde dice: «regulado por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero»,
debe decir: «regulado por el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo», al haberse
producido la derogación del primeramente citado.
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96528
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 3 de junio de 2019 el Director General de la Tesorería General de la
Seguridad Social y el Secretario de Estado de Función Pública firmaron un Convenio
sobre cesión de datos por parte de TGSS a la Oficina de Conflictos de Intereses (en
adelante, OCI) sobre las personas que hayan cesado como altos cargos. El citado
convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 28 de junio de 2019,
mediante Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Relaciones
con las Cortes e Igualdad, de fecha 18 de junio de 2019. Verificable en https://
www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-9714
Segundo.
Que la cláusula séptima del mencionado convenio establece el plazo de cuatro años
como período de vigencia del mismo, así como la posibilidad de su prórroga por un plazo
máximo de cuatro años más mediante acuerdo expreso de las partes adoptado antes de
la finalización de dicho período de vigencia.
Tercero.
Que conforme a lo establecido en la cláusula octava del mismo, el convenio puede
ser objeto de prórroga por acuerdo unánime de las partes, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
En este sentido, con fecha 3 de junio de 2022 se celebró una reunión de la comisión
mixta de coordinación y seguimiento prevista en la cláusula cuarta del convenio, en la
que se acordó por las partes incrementar el nivel de seguridad del intercambio de
información y su automatización a través del intercambio institucional de ficheros.
En atención a lo expuesto, las partes,
ACUERDAN
Primero.
Prórroga.
Prorrogar el convenio formalizado por ambas en fecha 3 de junio de 2019, por un
período de cuatro años más, a computar desde el día 28 de junio de 2023, de
conformidad con lo dispuesto en su cláusula séptima.
Segundo.
Modificación.
Modificar el número 6 del expositivo, sustituyendo la referencia al Real Decreto
regulador del Esquema Nacional de Seguridad (ENS).
Modificar la cláusula segunda, apartado a) del Convenio.
Concretamente, donde dice: «La TGSS facilitará a la OCI la información acerca de
las personas que han cesado como altos cargos, informando de la actividad que realicen
por cuenta propia, o por cuenta ajena y, en tal caso, la denominación de la sociedad o
empresa. Los datos serán: – Si es trabajador autónomo. – Si es trabajador por cuenta
ajena…», debe decir: «La TGSS facilitará a la OCI la información acerca de las personas
que han cesado como altos cargos, informando de la actividad que realicen por cuenta
cve: BOE-A-2023-15809
Verificable en https://www.boe.es
Concretamente, donde dice: «regulado por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero»,
debe decir: «regulado por el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo», al haberse
producido la derogación del primeramente citado.