III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-15812)
Resolución de 28 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Cerbero, Menecio, Oalas, Perses, Odiseo, Selene y Cretón, de 49,5 MW cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Zaragoza, Teruel, Tarragona y Barcelona".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96562
Destaca la posible existencia de un corredor o zona de paso de aves acuáticas entre
el Pantano del Foix y la zona de la desembocadura del propio Río Foix, situada en el
término de Cubelles, donde se localiza una pequeña zona de humedales. En concreto se
han contabilizado 19 ánades reales y un Cormorán grande cercano a la Zona de Interés
Faunístico de Phalacrocorax carbo.
Teniendo en cuenta la magnitud y características del proyecto, las superficies de
ocupación previstas por el mismo, así como la distribución de las principales especies
faunísticas que podrían verse afectadas, y la posible afección sobre corredores
faunísticos, según el promotor, el impacto potencial sobre la fauna se considera
moderado. Por lo que establece una serie de medidas para minimizar dicho impacto en
el capítulo 7. Medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias del EsIA.
La Direcció General de Polítiques Ambientals i Medi Natural de la Generalitat de
Catalunya indica en su informe de 24 de febrero de 2022, que las medidas del EsIA para
el trazado de la LAAT SET Vilalba-SET Garraf 400 kV REE son insuficientes, debido a
que la mencionada línea cruza dos espacios vitales para el águila-azor perdicera (Aquila
fasciata), llegando a pasar por el límite interior de un sector de cría a lo largo de 150 m y
cruzando el área crítica de otra pareja, de forma que estos trazados podrían suponer
impactos críticos y deberían ser evitados, ya que, la introducción de una línea de
evacuación aérea provocaría una disminución del uso por parte de las aves presentes, a
pesar de la implantación de medidas anticolisión y antielectrocución.
En respuesta, el promotor incluyó una primera adenda, con fecha de noviembre
de 2022, en la que propone una serie de medidas para minimizar el impacto sobre la
avifauna de la LAAT SET Vilalba-SET Garraf 400 kV REE:
• La instalación de salvapájaros cada 10 m a lo largo de todo el trazado y cada 5 m
en las áreas delimitadas como de interés para las aves para reducir el riesgo de colisión.
• En cuanto a la posible afección al territorio de águila perdicera desde el apoyo 448
al apoyo 455, se plantea el soterramiento de la línea entre estos dos apoyos, diseñando
para ello el mejor trazado posible técnica y ambientalmente, evitando cualquier riesgo de
colisión para la especie.
Analizadas dichas modificaciones, la Direcció General de Polítiques Ambientals i
Medi Natural de la Generalitat de Catalunya, en un segundo informe, valora
positivamente las medidas mitigadoras del impacto propuestas, especialmente en lo que
respecta al soterramiento de un tramo de unos 3,7 km de línea eléctrica, que evitaría los
impactos sobre la pareja de águila perdicera afectada, aunque recomienda también su
soterramiento en todo el tramo dentro del espacio vital de la pareja, lo que supone incluir
en el soterramiento de la línea desde apoyo 456 hasta la conexión final en la SET
Garraf 400 kV.
Sin embargo, en la segunda adenda, se analizan técnicamente las opciones para
desplazar o soterrar el tramo de línea anteriormente mencionado, resultando ser inviable
técnicamente el soterramiento de ambos tramos. Así, para mitigar el impacto sobre la
avifauna, el promotor propone una serie de medidas establecidas en el apéndice 11.
Medidas preventivas, correctoras y compensatorias de la mencionada segunda adenda.
En virtud de ello, este órgano ambiental considera imprescindible el cumplimiento de
las medidas establecidas en el apartado e) Valoración del órgano ambiental sobre la
propuesta definitiva del promotor, de la presente resolución, así como, el cumplimiento
de los condicionantes de la presente resolución, los cuales se especifican en el apartado
ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los
impactos más significativos, subapartado Fauna.
– Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000.
Respecto a los Espacios Naturales Protegidos (ENP), a los parques eólicos es el
Plan Especial de Protección (PEIN) Ribera de l`Algars, situado a 8,5 km al Este del PE
cve: BOE-A-2023-15812
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96562
Destaca la posible existencia de un corredor o zona de paso de aves acuáticas entre
el Pantano del Foix y la zona de la desembocadura del propio Río Foix, situada en el
término de Cubelles, donde se localiza una pequeña zona de humedales. En concreto se
han contabilizado 19 ánades reales y un Cormorán grande cercano a la Zona de Interés
Faunístico de Phalacrocorax carbo.
Teniendo en cuenta la magnitud y características del proyecto, las superficies de
ocupación previstas por el mismo, así como la distribución de las principales especies
faunísticas que podrían verse afectadas, y la posible afección sobre corredores
faunísticos, según el promotor, el impacto potencial sobre la fauna se considera
moderado. Por lo que establece una serie de medidas para minimizar dicho impacto en
el capítulo 7. Medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias del EsIA.
La Direcció General de Polítiques Ambientals i Medi Natural de la Generalitat de
Catalunya indica en su informe de 24 de febrero de 2022, que las medidas del EsIA para
el trazado de la LAAT SET Vilalba-SET Garraf 400 kV REE son insuficientes, debido a
que la mencionada línea cruza dos espacios vitales para el águila-azor perdicera (Aquila
fasciata), llegando a pasar por el límite interior de un sector de cría a lo largo de 150 m y
cruzando el área crítica de otra pareja, de forma que estos trazados podrían suponer
impactos críticos y deberían ser evitados, ya que, la introducción de una línea de
evacuación aérea provocaría una disminución del uso por parte de las aves presentes, a
pesar de la implantación de medidas anticolisión y antielectrocución.
En respuesta, el promotor incluyó una primera adenda, con fecha de noviembre
de 2022, en la que propone una serie de medidas para minimizar el impacto sobre la
avifauna de la LAAT SET Vilalba-SET Garraf 400 kV REE:
• La instalación de salvapájaros cada 10 m a lo largo de todo el trazado y cada 5 m
en las áreas delimitadas como de interés para las aves para reducir el riesgo de colisión.
• En cuanto a la posible afección al territorio de águila perdicera desde el apoyo 448
al apoyo 455, se plantea el soterramiento de la línea entre estos dos apoyos, diseñando
para ello el mejor trazado posible técnica y ambientalmente, evitando cualquier riesgo de
colisión para la especie.
Analizadas dichas modificaciones, la Direcció General de Polítiques Ambientals i
Medi Natural de la Generalitat de Catalunya, en un segundo informe, valora
positivamente las medidas mitigadoras del impacto propuestas, especialmente en lo que
respecta al soterramiento de un tramo de unos 3,7 km de línea eléctrica, que evitaría los
impactos sobre la pareja de águila perdicera afectada, aunque recomienda también su
soterramiento en todo el tramo dentro del espacio vital de la pareja, lo que supone incluir
en el soterramiento de la línea desde apoyo 456 hasta la conexión final en la SET
Garraf 400 kV.
Sin embargo, en la segunda adenda, se analizan técnicamente las opciones para
desplazar o soterrar el tramo de línea anteriormente mencionado, resultando ser inviable
técnicamente el soterramiento de ambos tramos. Así, para mitigar el impacto sobre la
avifauna, el promotor propone una serie de medidas establecidas en el apéndice 11.
Medidas preventivas, correctoras y compensatorias de la mencionada segunda adenda.
En virtud de ello, este órgano ambiental considera imprescindible el cumplimiento de
las medidas establecidas en el apartado e) Valoración del órgano ambiental sobre la
propuesta definitiva del promotor, de la presente resolución, así como, el cumplimiento
de los condicionantes de la presente resolución, los cuales se especifican en el apartado
ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los
impactos más significativos, subapartado Fauna.
– Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000.
Respecto a los Espacios Naturales Protegidos (ENP), a los parques eólicos es el
Plan Especial de Protección (PEIN) Ribera de l`Algars, situado a 8,5 km al Este del PE
cve: BOE-A-2023-15812
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 161