III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-15812)
Resolución de 28 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Cerbero, Menecio, Oalas, Perses, Odiseo, Selene y Cretón, de 49,5 MW cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Zaragoza, Teruel, Tarragona y Barcelona".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96558
Extinción» (Decreto 172/2008, de 26 de agosto, de creación del Catálogo de flora
amenazada de Cataluña) y como «Vulnerable» en la Lista Roja de la Flora Vascular
Española. Se han localizado mediante cartografía, dos zonas con presencia de dicha
especie situadas a 380 m de la LAAT, próximas a los apoyos 440 y 441.
También se han localizado otras especies catalogadas como amenazadas en el
ámbito de estudio, como: Centaurea linifolia, Chamaerops humilis, Ilex aquifolium,
Limoniastrum monopetalum, Silene ramosissima y Taxus baccata.
Además, cabe destacar, a 1,2 km del ámbito de estudio, en el término municipal de
Vilanova i la Geltrú, se encuentra el árbol monumental del Pi de la Masia d'en Cabanyes.
En conclusión, este órgano ambiental, respecto a la afección de la LSMT del PE
Cerbero a los HIC, propone que se utilice el trazado del vial proyectado, situado más al
norte y que parte de las proximidades de CER-02 hacia el oeste, para evitar el impacto
sobre los HIC 6220* y 5210. Igualmente, se deberán cumplir las medidas
compensatorias propuestas por el promotor en el EsIA, en el apartado 7. Medidas
preventivas, correctoras y/o compensatorias y en la Adenda apéndice 11. Medidas
preventivas, correctoras y compensatorias.
Además, considera imprescindible el cumplimiento de las medidas establecidas en el
apartado e) Valoración del órgano ambiental sobre la propuesta definitiva del promotor,
de la presente resolución. Así como, el cumplimiento de los condicionantes de la
presente resolución, los cuales se especifican en el apartado ii) Condiciones relativas a
medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos,
subapartado «Vegetación, flora e HIC», de la presente resolución.
– Fauna.
Los EsIA de los parques eólicos y las líneas de evacuación, junto con la adenda
presentada por el promotor con fecha noviembre de 2022, incluyen un estudio de
avifauna, cubriendo un ciclo anual. En dicho estudio se analizan los datos de los que se
dispone y, según la Lista Roja de la Unión Internacional de Conservación de la
Naturaleza (U.I.C.N), según el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo
del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (en adelante
LESRPE) y del Catálogo Español de Especies Amenazadas (en adelante CEEA), según
el Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el
Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial
(LAESRPE) y se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón (CEAA) y
según el Decreto 172/2022, de 20 de septiembre, del Catálogo de fauna salvaje
autóctona amenazada y de medidas de protección y conservación de la fauna salvaje
autóctona protegida de Cataluña, concluye lo siguiente:
Dentro de las especies de avifauna más numerosas avistadas en espacio aéreo de
los Parques eólicos y las líneas de evacuación encontramos las siguientes:
○ «Vulnerable» (V): ganga ortega (Pterocles orientlis), águila-azor perdicera (Aquila
fasciata), milano real (Milvus milvus), ganga ibérica, (Pterocles alchata), alimoche común
(Neophron percnopterus) y águila pescadora (Pandion haliaetus).
○ «En Peligro de Extinción» (EN): milano real (Milvus milvus), alondra ricotí
(Chersophilus duponti) y sisón común (Tetrax tetrax).
○ Además de 47 especies catalogadas en el LESRPE.
• En el U.I.C.N.:
○ «Vulnerable» (V): ganga ortega y ganga ibérica.
○ «En Peligro» (EN): milano real.
○ «No Evaluado» (NE): búho chico (Asio otus).
cve: BOE-A-2023-15812
Verificable en https://www.boe.es
• En el CEEA:
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96558
Extinción» (Decreto 172/2008, de 26 de agosto, de creación del Catálogo de flora
amenazada de Cataluña) y como «Vulnerable» en la Lista Roja de la Flora Vascular
Española. Se han localizado mediante cartografía, dos zonas con presencia de dicha
especie situadas a 380 m de la LAAT, próximas a los apoyos 440 y 441.
También se han localizado otras especies catalogadas como amenazadas en el
ámbito de estudio, como: Centaurea linifolia, Chamaerops humilis, Ilex aquifolium,
Limoniastrum monopetalum, Silene ramosissima y Taxus baccata.
Además, cabe destacar, a 1,2 km del ámbito de estudio, en el término municipal de
Vilanova i la Geltrú, se encuentra el árbol monumental del Pi de la Masia d'en Cabanyes.
En conclusión, este órgano ambiental, respecto a la afección de la LSMT del PE
Cerbero a los HIC, propone que se utilice el trazado del vial proyectado, situado más al
norte y que parte de las proximidades de CER-02 hacia el oeste, para evitar el impacto
sobre los HIC 6220* y 5210. Igualmente, se deberán cumplir las medidas
compensatorias propuestas por el promotor en el EsIA, en el apartado 7. Medidas
preventivas, correctoras y/o compensatorias y en la Adenda apéndice 11. Medidas
preventivas, correctoras y compensatorias.
Además, considera imprescindible el cumplimiento de las medidas establecidas en el
apartado e) Valoración del órgano ambiental sobre la propuesta definitiva del promotor,
de la presente resolución. Así como, el cumplimiento de los condicionantes de la
presente resolución, los cuales se especifican en el apartado ii) Condiciones relativas a
medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos,
subapartado «Vegetación, flora e HIC», de la presente resolución.
– Fauna.
Los EsIA de los parques eólicos y las líneas de evacuación, junto con la adenda
presentada por el promotor con fecha noviembre de 2022, incluyen un estudio de
avifauna, cubriendo un ciclo anual. En dicho estudio se analizan los datos de los que se
dispone y, según la Lista Roja de la Unión Internacional de Conservación de la
Naturaleza (U.I.C.N), según el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo
del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (en adelante
LESRPE) y del Catálogo Español de Especies Amenazadas (en adelante CEEA), según
el Decreto 129/2022, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el
Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial
(LAESRPE) y se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón (CEAA) y
según el Decreto 172/2022, de 20 de septiembre, del Catálogo de fauna salvaje
autóctona amenazada y de medidas de protección y conservación de la fauna salvaje
autóctona protegida de Cataluña, concluye lo siguiente:
Dentro de las especies de avifauna más numerosas avistadas en espacio aéreo de
los Parques eólicos y las líneas de evacuación encontramos las siguientes:
○ «Vulnerable» (V): ganga ortega (Pterocles orientlis), águila-azor perdicera (Aquila
fasciata), milano real (Milvus milvus), ganga ibérica, (Pterocles alchata), alimoche común
(Neophron percnopterus) y águila pescadora (Pandion haliaetus).
○ «En Peligro de Extinción» (EN): milano real (Milvus milvus), alondra ricotí
(Chersophilus duponti) y sisón común (Tetrax tetrax).
○ Además de 47 especies catalogadas en el LESRPE.
• En el U.I.C.N.:
○ «Vulnerable» (V): ganga ortega y ganga ibérica.
○ «En Peligro» (EN): milano real.
○ «No Evaluado» (NE): búho chico (Asio otus).
cve: BOE-A-2023-15812
Verificable en https://www.boe.es
• En el CEEA: