III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-15813)
Resolución de 27 de junio de 2023, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Sociedad Comercial Multimedia Vocento, SAU, para el mecenazgo de las actividades del museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96600
las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño; establecer
relaciones de cooperación y colaboración con otros museos, universidades, centros de
investigación o instituciones culturales nacionales o extranjeras para favorecer el
intercambio de experiencias y conocimientos; y desarrollar acciones conjuntas con las
citadas entidades que puedan contribuir a la mejor realización de sus respectivos fines y
organizar conjuntamente con ellas exposiciones temporales de artes plásticas.
II. Vocento es la filial con capacidad publicitaria del grupo empresarial del que es
cabecera Vocento, SA, con fuerte presencia editorial a través de diferentes medios
esencialmente de prensa escrita nacional y regional online y offline (en adelante, en
conjunto cabecera, Vocento y los medios como el Colaborador).
III. Dados los excelentes resultados de las colaboraciones previas, las partes han
manifestado su voluntad de suscribir un nuevo convenio conforme al régimen fiscal
previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, relativa al Régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, de conformidad
con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
1.1 El objeto del presente convenio es establecer los términos de colaboración
entre el MNCARS y el Colaborador para el mecenazgo de la promoción de la
programación cultural del MNCARS.
1.2 La colaboración del MNCARS y el Colaborador formalizada a través del
presente convenio se entiende, y así se reconoce y declara, efectuada en consonancia
con los fines de interés general a que se refiere el título III de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo, y del Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, de desarrollo
reglamentario de la anterior, tratándose de una colaboración que no constituye una
prestación de servicios sujeta a IVA.
Segunda. Aportaciones del Colaborador.
2.1 Vocento facilitará al MNCARS el mecenazgo de la programación cultural del
Museo, a través de campañas publicitarias desarrolladas en sus propios medios de
comunicación. A tal efecto, Vocento y el MNCARS establecerán conjuntamente los
plazos en los que se desarrollarán las campañas, en el marco de la comisión mixta de
vigilancia y seguimiento del convenio, prevista en la cláusula novena. Las acciones que
se acuerden se realizarán por el Colaborador de conformidad con la disponibilidad de
sus medios y con las prácticas y usos habituales en los mismos. El contenido y diseño
de las piezas publicitarias serán responsabilidad del departamento de Comunicación del
MNCARS.
2.2 En todo caso, Vocento se compromete a realizar una campaña publicitaria,
gratuita para el MNCARS, por un valor global equivalente a 150.000 (ciento cincuenta
mil) euros en el plazo de un (1) año, considerando la aplicación teórica a efectos del
número de inserciones de un descuento mínimo del 50 % sobre valor de la tarifa del
Colaborador.
2.3 El Colaborador aportará al MNCARS certificado o justificación documental del
total de las acciones publicitarias realizadas en ejecución de este convenio, durante la
vigencia del mismo, al objeto de facilitar el correspondiente seguimiento del cumplimiento
de su objeto.
Tercera. Obligaciones del MNCARS.
3.1 Como reconocimiento, y a cambio de la difusión que recibirá de Vocento en
virtud del presente convenio, el MNCARS asume el compromiso de ofrecer notoriedad
cve: BOE-A-2023-15813
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96600
las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño; establecer
relaciones de cooperación y colaboración con otros museos, universidades, centros de
investigación o instituciones culturales nacionales o extranjeras para favorecer el
intercambio de experiencias y conocimientos; y desarrollar acciones conjuntas con las
citadas entidades que puedan contribuir a la mejor realización de sus respectivos fines y
organizar conjuntamente con ellas exposiciones temporales de artes plásticas.
II. Vocento es la filial con capacidad publicitaria del grupo empresarial del que es
cabecera Vocento, SA, con fuerte presencia editorial a través de diferentes medios
esencialmente de prensa escrita nacional y regional online y offline (en adelante, en
conjunto cabecera, Vocento y los medios como el Colaborador).
III. Dados los excelentes resultados de las colaboraciones previas, las partes han
manifestado su voluntad de suscribir un nuevo convenio conforme al régimen fiscal
previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, relativa al Régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, de conformidad
con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
1.1 El objeto del presente convenio es establecer los términos de colaboración
entre el MNCARS y el Colaborador para el mecenazgo de la promoción de la
programación cultural del MNCARS.
1.2 La colaboración del MNCARS y el Colaborador formalizada a través del
presente convenio se entiende, y así se reconoce y declara, efectuada en consonancia
con los fines de interés general a que se refiere el título III de la Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo, y del Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, de desarrollo
reglamentario de la anterior, tratándose de una colaboración que no constituye una
prestación de servicios sujeta a IVA.
Segunda. Aportaciones del Colaborador.
2.1 Vocento facilitará al MNCARS el mecenazgo de la programación cultural del
Museo, a través de campañas publicitarias desarrolladas en sus propios medios de
comunicación. A tal efecto, Vocento y el MNCARS establecerán conjuntamente los
plazos en los que se desarrollarán las campañas, en el marco de la comisión mixta de
vigilancia y seguimiento del convenio, prevista en la cláusula novena. Las acciones que
se acuerden se realizarán por el Colaborador de conformidad con la disponibilidad de
sus medios y con las prácticas y usos habituales en los mismos. El contenido y diseño
de las piezas publicitarias serán responsabilidad del departamento de Comunicación del
MNCARS.
2.2 En todo caso, Vocento se compromete a realizar una campaña publicitaria,
gratuita para el MNCARS, por un valor global equivalente a 150.000 (ciento cincuenta
mil) euros en el plazo de un (1) año, considerando la aplicación teórica a efectos del
número de inserciones de un descuento mínimo del 50 % sobre valor de la tarifa del
Colaborador.
2.3 El Colaborador aportará al MNCARS certificado o justificación documental del
total de las acciones publicitarias realizadas en ejecución de este convenio, durante la
vigencia del mismo, al objeto de facilitar el correspondiente seguimiento del cumplimiento
de su objeto.
Tercera. Obligaciones del MNCARS.
3.1 Como reconocimiento, y a cambio de la difusión que recibirá de Vocento en
virtud del presente convenio, el MNCARS asume el compromiso de ofrecer notoriedad
cve: BOE-A-2023-15813
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 161