III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Seguridad industrial. (BOE-A-2023-15796)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se amplía la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96456
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
15796
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Industria y de
la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se amplía la relación de
refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones
Frigoríficas.
cve: BOE-A-2023-15796
Verificable en https://www.boe.es
El apartado 4 de la Instrucción IF-02. Clasificación de refrigerantes, aprobada por el
Real Decreto 552/2019, de 27 de Septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de
seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias,
habilita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para autorizar, a petición de parte
interesada, la utilización de otros refrigerantes y mezclas, no incluidos en el apéndice 1,
previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo
requerido en las prescripciones establecidas en el Reglamento de seguridad para
instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias que lo
desarrollan.
La Asociación del Frío y sus Tecnologías ha solicitado la ampliación de la relación de
refrigerantes autorizados por el Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas,
con la inclusión del refrigerante con denominación comercial R-481A. Con la solicitud se
ha aportado la acreditación del producto mediante las tablas de propiedades
termodinámicas, químicas y físicas, las fichas de datos de seguridad y certificado del
productor del refrigerante.
Se trata de una mezcla zeotrópica quinaría compuesta por un 16,9 % de 1,1
diflurmetano o R-32; 6,3 % de 1,1,1,2,2 pentafluoretano o R-125; 74,4 % de 1,1,1,2
tetrafluoretano o R-134a; 1,8 % de trans-1-cloro-,3,3,3 trifluoro-1-propeno o R-1233zd(E);
0,6 % isopentano-2-metilbuteno o R-601a.
AEFYT considera que dicho producto pertenece al grupo de máxima seguridad (L1),
según el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 96456
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
15796
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Industria y de
la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se amplía la relación de
refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones
Frigoríficas.
cve: BOE-A-2023-15796
Verificable en https://www.boe.es
El apartado 4 de la Instrucción IF-02. Clasificación de refrigerantes, aprobada por el
Real Decreto 552/2019, de 27 de Septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de
seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias,
habilita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para autorizar, a petición de parte
interesada, la utilización de otros refrigerantes y mezclas, no incluidos en el apéndice 1,
previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo
requerido en las prescripciones establecidas en el Reglamento de seguridad para
instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias que lo
desarrollan.
La Asociación del Frío y sus Tecnologías ha solicitado la ampliación de la relación de
refrigerantes autorizados por el Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas,
con la inclusión del refrigerante con denominación comercial R-481A. Con la solicitud se
ha aportado la acreditación del producto mediante las tablas de propiedades
termodinámicas, químicas y físicas, las fichas de datos de seguridad y certificado del
productor del refrigerante.
Se trata de una mezcla zeotrópica quinaría compuesta por un 16,9 % de 1,1
diflurmetano o R-32; 6,3 % de 1,1,1,2,2 pentafluoretano o R-125; 74,4 % de 1,1,1,2
tetrafluoretano o R-134a; 1,8 % de trans-1-cloro-,3,3,3 trifluoro-1-propeno o R-1233zd(E);
0,6 % isopentano-2-metilbuteno o R-601a.
AEFYT considera que dicho producto pertenece al grupo de máxima seguridad (L1),
según el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.