I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUSTICIA. Demarcación y planta judicial. (BOE-A-2023-15735)
Orden JUS/734/2023, de 3 de julio, por la que se establece la elevación a categoría de Magistrado o Magistrada de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los partidos judiciales de Roquetas de Mar (Almería) y de Sagunto (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Viernes 7 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 96041

Artículo 6. Régimen retributivo del personal al servicio de la Administración de Justicia
con destino en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los partidos
judiciales de Roquetas de Mar (Almería), y de Sagunto (Valencia).
El personal al servicio de la Administración de Justicia con destino en los Juzgados
de Primera Instancia e Instrucción de los partidos judiciales de judiciales de Roquetas de
Mar (Almería), y de Sagunto (Valencia), percibirá las retribuciones que, conforme a la
normativa vigente, corresponda a los juzgados servidos por Magistrados o Magistradas.
Disposición final primera.

Título competencial.

La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.5.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
Administración de Justicia.
Disposición final segunda.

Habilitación.

Se faculta a la persona titular del Ministerio de Justicia para adoptar en el ámbito de
su competencia cuantas medidas exige la ejecución de este orden.
Disposición final tercera. Fecha de efectividad de la elevación a categoría de
Magistrado o Magistrada de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de los
partidos judiciales de judiciales de Roquetas de Mar (Almería) y de Sagunto
(Valencia).
La fecha de efectos de la elevación a que se refiere el artículo 2 de la presente orden
será 1 de octubre de 2023.
Disposición final cuarta.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 3 de julio de 2023.–La Ministra de Justicia, María Pilar Llop Cuenca.
ANEXO
Modificación del anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación
y de Planta Judicial
El anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta
Judicial, queda redactado en los términos que se indican a continuación:
«ANEXO VI
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
Partido
Judicial
número

Primera
Instancia

Instrucción

1

11

6

Primera Instancia
e Instrucción

Comunidad
Autónoma de Andalucía
Almería.

2

2

3

3

4

4

cve: BOE-A-2023-15735
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