I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-15734)
Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) relativo al centro auspiciado por la UNESCO (Categoría 2) denominado "Centro Internacional sobre Reservas de Biosfera Mediterráneas", hecho en Barcelona el 18 de mayo de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Viernes 7 de julio de 2023

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han cumplido todas las formalidades requeridas a tal efecto por la legislación de España
y por los reglamentos de la UNESCO. Se considerará que la fecha de recepción de la
última notificación es la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo.
Artículo 15.

Duración.

El presente Acuerdo tendrá una duración de seis años a partir de su entrada en vigor.
El Acuerdo se renovará de común acuerdo entre las Partes una vez que el Consejo
Ejecutivo haya formulado sus observaciones sobre la base de los resultados de la
evaluación de la renovación presentados por el Director General.
Artículo 16.

Denuncia.

1. Cada una de las partes contratantes tendrá derecho a denunciar unilateralmente
el presente Acuerdo.
2. La denuncia será efectiva 30 días después de que una de las partes contratantes
reciba la notificación remitida por la otra parte.
Artículo 17.

Revisión.

El presente Acuerdo podrá ser revisado si España y la UNESCO convienen en ello
por escrito.
Artículo 18.

Solución de controversias.

1. Toda controversia entre las Partes acerca de la interpretación o aplicación del
presente Acuerdo que no se resuelva mediante negociación o cualquier otra forma de
acuerdo convenida por las Partes se someterá para su resolución definitiva a un tribunal
compuesto por tres árbitros, uno de los cuales será designado por un representante de
España, otro por el Director General de la UNESCO, y el tercero, que presidirá el
tribunal, será elegido por común acuerdo entre ellos o, a falta de acuerdo sobre esa
elección, por el Presidente de la Corte Internacional de Justicia.
2. La decisión del tribunal será definitiva.

Por el Reino de España,

Por la Organización de las Naciones Unidas
para la Educación, la Ciencia y la Cultura,

José Manuel Rodríguez Uribes,

Audre Audrey Azoulay,

Embajador, Delegado Permanente del Reino de
España ante la UNESCO

Directora General

El presente Acuerdo entró en vigor el 19 de junio de 2023, una vez que las Partes se
informaron mutuamente por escrito del cumplimiento de todas las formalidades
requeridas a tal efecto, en la fecha de recepción de la última de esas notificaciones,
según se establece en su artículo 14.
Madrid, 23 de junio de 2023.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-15734
Verificable en https://www.boe.es

En fe de lo cual, los infrascritos firman el presente Acuerdo, en Barcelona, el 18 de
mayo de 2022, en cuatro ejemplares originales, en español e inglés, siendo todos los
textos igualmente auténticos.