I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-15734)
Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) relativo al centro auspiciado por la UNESCO (Categoría 2) denominado "Centro Internacional sobre Reservas de Biosfera Mediterráneas", hecho en Barcelona el 18 de mayo de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Artículo 3.
Sec. I. Pág. 96033
Objeto del Acuerdo.
El presente Acuerdo tiene por objeto definir las modalidades de colaboración entre la
UNESCO y España, así como los correspondientes derechos y obligaciones de las
Partes.
Artículo 4.
Condición jurídica.
4.1 El Centro será independiente de la UNESCO.
4.2 El Centro gozará, en el territorio de España, de la autonomía funcional
necesaria para la ejecución de sus actividades y de la capacidad jurídica para:
– Contratar;
– actuar en justicia; y
– adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles.
Artículo 5. Constitución.
La Constitución del Centro incluirá las siguientes disposiciones, relativas a:
a) La condición jurídica concedida al Centro, dentro del sistema jurídico de España,
y la capacidad jurídica necesaria para ejercer sus funciones, recibir fondos, percibir
remuneraciones por servicios prestados y adquirir y enajenar los bienes que necesite
para funcionar;
b) una estructura de dirección del Centro que permita a la UNESCO estar
representada en su órgano rector.
Artículo 6.
Funciones y objetivos.
Los objetivos principales del Centro serán los siguientes:
1. Coordinar la Red de Reservas de Biosfera Mediterráneas, que estará integrada
por las reservas de biosfera que se hayan adherido voluntariamente a ella y que formará
parte de la red temática de la UNESCO «MedMaB».
2. Recopilar, estructurar, sintetizar y difundir las experiencias adquiridas en las
reservas de biosfera del área mediterránea, especialmente las españolas, así como en
otras reservas de países costeros y en la Red Mundial de Reservas de Biosfera.
3. Alentar el intercambio entre las reservas de biosfera mediterráneas y facilitar su
relación con otras redes. Crear herramientas para el intercambio de conocimientos
previamente adquiridos, mediante actividades de difusión, información, formación y
demostración, siguiendo la línea del trabajo realizado por la Red Mundial de Reservas de
Biosfera.
4. Contribuir a la formación de gestores, equipos científicos e investigadores
interesados en la gestión de reservas de biosfera.
El Centro realizará las siguientes actividades:
a) aquellos que sean útiles a los países en desarrollo para alcanzar el desarrollo
sostenible y el crecimiento económico;
b) aquellos que contribuyan al cumplimiento de la agenda y las iniciativas
internacionales, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas;
c) aquellos que promuevan un enfoque integrado y multidisciplinario de la
protección de la naturaleza y el desarrollo sostenible; y
d) otros relacionados con los proyectos de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo (AECID) de España u otros proyectos internacionales de
desarrollo.
cve: BOE-A-2023-15734
Verificable en https://www.boe.es
Apoyar a los países en desarrollo en los siguientes ámbitos:
Núm. 161
Viernes 7 de julio de 2023
Artículo 3.
Sec. I. Pág. 96033
Objeto del Acuerdo.
El presente Acuerdo tiene por objeto definir las modalidades de colaboración entre la
UNESCO y España, así como los correspondientes derechos y obligaciones de las
Partes.
Artículo 4.
Condición jurídica.
4.1 El Centro será independiente de la UNESCO.
4.2 El Centro gozará, en el territorio de España, de la autonomía funcional
necesaria para la ejecución de sus actividades y de la capacidad jurídica para:
– Contratar;
– actuar en justicia; y
– adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles.
Artículo 5. Constitución.
La Constitución del Centro incluirá las siguientes disposiciones, relativas a:
a) La condición jurídica concedida al Centro, dentro del sistema jurídico de España,
y la capacidad jurídica necesaria para ejercer sus funciones, recibir fondos, percibir
remuneraciones por servicios prestados y adquirir y enajenar los bienes que necesite
para funcionar;
b) una estructura de dirección del Centro que permita a la UNESCO estar
representada en su órgano rector.
Artículo 6.
Funciones y objetivos.
Los objetivos principales del Centro serán los siguientes:
1. Coordinar la Red de Reservas de Biosfera Mediterráneas, que estará integrada
por las reservas de biosfera que se hayan adherido voluntariamente a ella y que formará
parte de la red temática de la UNESCO «MedMaB».
2. Recopilar, estructurar, sintetizar y difundir las experiencias adquiridas en las
reservas de biosfera del área mediterránea, especialmente las españolas, así como en
otras reservas de países costeros y en la Red Mundial de Reservas de Biosfera.
3. Alentar el intercambio entre las reservas de biosfera mediterráneas y facilitar su
relación con otras redes. Crear herramientas para el intercambio de conocimientos
previamente adquiridos, mediante actividades de difusión, información, formación y
demostración, siguiendo la línea del trabajo realizado por la Red Mundial de Reservas de
Biosfera.
4. Contribuir a la formación de gestores, equipos científicos e investigadores
interesados en la gestión de reservas de biosfera.
El Centro realizará las siguientes actividades:
a) aquellos que sean útiles a los países en desarrollo para alcanzar el desarrollo
sostenible y el crecimiento económico;
b) aquellos que contribuyan al cumplimiento de la agenda y las iniciativas
internacionales, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas;
c) aquellos que promuevan un enfoque integrado y multidisciplinario de la
protección de la naturaleza y el desarrollo sostenible; y
d) otros relacionados con los proyectos de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo (AECID) de España u otros proyectos internacionales de
desarrollo.
cve: BOE-A-2023-15734
Verificable en https://www.boe.es
Apoyar a los países en desarrollo en los siguientes ámbitos: