V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-20653)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria y Energía en Cádiz, por la que se concede Declaración en concreto de Utilidad Pública a la instalación de generación de energía mediante fuentes renovables en el término municipal de Jerez de la Frontera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Jueves 6 de julio de 2023

Sec. V-B. Pág. 33099

Dicho esto, queda confirmado que las resoluciones que amparan la tramitación
y resolución de la declaración de utilidad pública del PE EL BARROSO, esto es la
Autorización Administrativa Previa y la Declaración de Impacto Ambiental (y las
sucesivas modificaciones no sustanciales de la Autorización Ambiental Unificada)
son firmes en vía administrativa y despliegan toda su eficacia, no resultando
necesario iniciar ninguna revisión de oficio de las mismas, ni entrar en el fondo del
asunto de las alegaciones. Por lo anterior, las alegaciones de este apartado deben
ser desestimadas.
SEXTO.- Sobre las peticiones de condición de interesado. El procedimiento
que nos ocupa, Declaración de Utilidad Pública en concreto, tiene como fin la
expropiación de los terrenos afectados por la instalación a los efectos de
ocupación (temporal o permanente) y de la servidumbre generada al implantar las
instalaciones eléctricas que conforman el proyecto. A tales efectos, al final de la
presente resolución se indican los propietarios afectados por el futuro
procedimiento expropiatorio con los que la beneficiaria no ha podido alcanzar un
acuerdo para la ocupación de la(s) finca(s). En este sentido, la mera presentación
de alegaciones en el periodo de información pública, no confiere la condición de
interesado (Art. 83.3 de la LPACAP) y por tanto, salvo que sean los propietarios o
que tengan derechos afectos a alguna de las fincas indicadas en esta resolución,
no puede admitirse la condición de interesado.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, a
propuesta del Servicio de Energía, esta Delegación Territorial,
RESUELVE
PRIMERO.-Declarar la Utilidad Pública, en concreto, DEL PROYECTO DE
EJECUCIÓN "PARQUE EÓLICO "EL BARROSO" DE 21,6 MW." EN EL TÉRMINO
MUNICIPAL JEREZ DE LA FRONTERA, CORRESPONDIENTE AL EXPTE AT10250/08, a los efectos de expropiación forzosa, lo que lleva implícita la necesidad
de ocupación de bienes o adquisición de los derechos afectados por las
instalaciones e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con lo
dispuesto en el articulo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, para el establecimiento de la instalación cuyas principales características,
así como la relación de bienes y derechos afectados, son las siguientes:
Parque Eólico "El Barroso" de 21,6 MW.
Peticionario: Parque Eólico El Barroso, S.L.U.
Domicilio: Paseo Club Deportivo, 1. Edificio 13, Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Emplazamiento: Paraje "Cerro Pelado"

Finalidad de la instalación: Producción de Energía Eléctrica a partir de energía
eólica.
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
Aerogeneradores
5 aerogeneradores General Electric GE158 de 4.500 kW de potencia nominal,
de 158 metros de diámetro y 120,9 metros de altura de buje, y transformador en el

cve: BOE-B-2023-20653
Verificable en https://www.boe.es

Términos municipales afectados por la instalación: Jerez de la Frontera