III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-15722)
Resolución de 4 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., el Instituto Geográfico Nacional y el Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, para el intercambio de información geográfica en el marco del Plan Nacional de Observación del Territorio: PNOA-IMAGEN y PNT.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Jueves 6 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 95965
desarrollo, y prestación de asistencia técnica en el ámbito de las ciencias y técnicas
geográficas, todo ello en un marco estratégico común con la Dirección General del IGN,
tal y como se establece en el artículo 122.dos de la Ley 37/1988, de Presupuestos
Generales del Estado para 1989, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), por la
que se crea el CNIG, así como en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 310/2021, de 4 de
mayo (BOE de 21 de mayo), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo
Centro Nacional de Información Geográfica.
Asimismo, el artículo 5.5.a) del mencionado Estatuto del CNIG contempla entre las
funciones de este Organismo Autónomo la de gestionar los convenios, acuerdos y
contratos necesarios con otras administraciones públicas e instituciones nacionales e
internacionales y según lo establecido en el artículo 8.d), corresponde al Consejo Rector
aprobar la firma de este convenio en nombre del organismo del CNIG.
El IGN y el CNIG, están acometiendo, integrados en su Plan Estratégico conjunto,
proyectos nacionales consistentes en la producción, conservación y explotación de la
Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE) y de Información Geográfica de
Referencia, así como la ejecución del Plan Nacional de Observación del Territorio
(PNOT), promovido por la Comisión Especializada de Observación del Territorio del
Consejo Superior Geográfico.
El PNOT es un proyecto cooperativo, coordinado y cofinanciado entre distintas
Administraciones Públicas que se estructura actualmente en cuatro programas: el Plan
Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA), dividido a su vez en PNOA-IMAGEN y PNOALiDAR, el Plan Nacional de Teledetección (PNT) y el Sistema de Información sobre
Ocupación del Suelo en España (SIOSE).
Octavo.
El Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema
Cartográfico Nacional (SCN), en su artículo 2, establece que el SCN persigue el ejercicio
eficaz de las funciones públicas en materia de información geográfica mediante la
coordinación de la actuación de los diferentes operadores públicos cuyas competencias
concurren en este ámbito, con los objetivos siguientes:
La Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las Infraestructuras y los Servicios de
Información Geográfica de España (LISIGE), tiene por objeto complementar la
organización de los servicios de información geográfica y fijar, de conformidad con las
competencias estatales, las normas generales para el establecimiento de
infraestructuras de información geográfica en España orientadas a facilitar la aplicación
de políticas basadas en la información geográfica por las Administraciones públicas y el
acceso y utilización de este tipo de información.
Para la organización y coordinación de los servicios de información geográfica y
cartografía que contempla la citada ley, en su artículo 17, se cuenta con el modelo de
actuación del SCN.
cve: BOE-A-2023-15722
Verificable en https://www.boe.es
a) Garantizar la homogeneidad de la información producida por los organismos
públicos que formen parte de él y que de manera concurrente desarrollan actividades
cartográficas en el territorio nacional, para asegurar así la coherencia, continuidad e
interoperabilidad de la información geográfica sobre el territorio español.
b) Favorecer la eficiencia en el gasto público destinado a cartografía y sistemas de
información geográfica, evitando la dispersión y duplicidad de los recursos públicos
utilizados y promoviendo la cooperación interinstitucional.
c) Asegurar la disponibilidad pública y actualización de los datos geográficos de
referencia.
d) Optimizar la calidad de la producción cartográfica oficial y su utilidad como
servicio al público, facilitando el acceso a la información geográfica y favoreciendo la
competitividad del sector cartográfico privado.
Núm. 160
Jueves 6 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 95965
desarrollo, y prestación de asistencia técnica en el ámbito de las ciencias y técnicas
geográficas, todo ello en un marco estratégico común con la Dirección General del IGN,
tal y como se establece en el artículo 122.dos de la Ley 37/1988, de Presupuestos
Generales del Estado para 1989, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), por la
que se crea el CNIG, así como en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 310/2021, de 4 de
mayo (BOE de 21 de mayo), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo
Centro Nacional de Información Geográfica.
Asimismo, el artículo 5.5.a) del mencionado Estatuto del CNIG contempla entre las
funciones de este Organismo Autónomo la de gestionar los convenios, acuerdos y
contratos necesarios con otras administraciones públicas e instituciones nacionales e
internacionales y según lo establecido en el artículo 8.d), corresponde al Consejo Rector
aprobar la firma de este convenio en nombre del organismo del CNIG.
El IGN y el CNIG, están acometiendo, integrados en su Plan Estratégico conjunto,
proyectos nacionales consistentes en la producción, conservación y explotación de la
Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE) y de Información Geográfica de
Referencia, así como la ejecución del Plan Nacional de Observación del Territorio
(PNOT), promovido por la Comisión Especializada de Observación del Territorio del
Consejo Superior Geográfico.
El PNOT es un proyecto cooperativo, coordinado y cofinanciado entre distintas
Administraciones Públicas que se estructura actualmente en cuatro programas: el Plan
Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA), dividido a su vez en PNOA-IMAGEN y PNOALiDAR, el Plan Nacional de Teledetección (PNT) y el Sistema de Información sobre
Ocupación del Suelo en España (SIOSE).
Octavo.
El Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema
Cartográfico Nacional (SCN), en su artículo 2, establece que el SCN persigue el ejercicio
eficaz de las funciones públicas en materia de información geográfica mediante la
coordinación de la actuación de los diferentes operadores públicos cuyas competencias
concurren en este ámbito, con los objetivos siguientes:
La Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre las Infraestructuras y los Servicios de
Información Geográfica de España (LISIGE), tiene por objeto complementar la
organización de los servicios de información geográfica y fijar, de conformidad con las
competencias estatales, las normas generales para el establecimiento de
infraestructuras de información geográfica en España orientadas a facilitar la aplicación
de políticas basadas en la información geográfica por las Administraciones públicas y el
acceso y utilización de este tipo de información.
Para la organización y coordinación de los servicios de información geográfica y
cartografía que contempla la citada ley, en su artículo 17, se cuenta con el modelo de
actuación del SCN.
cve: BOE-A-2023-15722
Verificable en https://www.boe.es
a) Garantizar la homogeneidad de la información producida por los organismos
públicos que formen parte de él y que de manera concurrente desarrollan actividades
cartográficas en el territorio nacional, para asegurar así la coherencia, continuidad e
interoperabilidad de la información geográfica sobre el territorio español.
b) Favorecer la eficiencia en el gasto público destinado a cartografía y sistemas de
información geográfica, evitando la dispersión y duplicidad de los recursos públicos
utilizados y promoviendo la cooperación interinstitucional.
c) Asegurar la disponibilidad pública y actualización de los datos geográficos de
referencia.
d) Optimizar la calidad de la producción cartográfica oficial y su utilidad como
servicio al público, facilitando el acceso a la información geográfica y favoreciendo la
competitividad del sector cartográfico privado.