III. Otras disposiciones. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-15699)
Resolución de 28 de junio de 2023, de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad de Madrid, para la prestación de asistencia sanitaria al Presidente del Gobierno y otros altos dignatarios.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Jueves 6 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 93944

EXPONEN
Primero.
Que con fecha de 24 de agosto de 2018 se suscribió un Convenio entre el antiguo
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad y la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid, para la prestación de asistencia sanitaria al
Presidente del Gobierno y otros Altos Dignatarios, con vigencia hasta el 30 de junio
de 2021.
Que, con fecha 30 de junio de 2021, se suscribió la Adenda de modificación y
prórroga de dicho convenio con vigencia hasta el 30 de junio de 2023.
Segundo.
Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada
considerando necesario modificar y prorrogar el convenio según lo que se indica en los
apartados siguientes.
Tercero.
Que se mantiene la modificación introducida en la cláusula Segunda. Uno de la
Adenda de modificación y prórroga del convenio de fecha de 30 de junio de 2021, que
afectaba a la cláusula Tercera del convenio incorporando, en la Composición del Sistema
Operativo Sanitario, además de los miembros del cuerpo de la Guardia Civil a los
miembros de la Policía Nacional y se considera necesario realizar una nueva
modificación en esta cláusula para incorporar a dos graduados universitarios en
enfermería adicionales a los siete ya existentes.
Cuarto.
Que se mantiene la modificación introducida en la cláusula Segunda. Dos de la
Adenda de modificación y prórroga del convenio de fecha de 30 de junio de 2021, que
afectaba a la cláusula sexta del convenio –Condiciones económicas– en relación a los
sobrantes de crédito a 31 de diciembre y se actualizan las cuantías que el Ministerio de
la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática abonará anualmente
con cargo al crédito presupuestario 25.01.912M.259 durante este nuevo periodo de
prórroga.
Quinto.
Que se considera necesario acordar la prórroga del convenio desde el 1 de julio
de 2023 hasta el 30 de junio de 2025.
De conformidad con lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan suscribir la
presente adenda de modificación y prórroga del convenio, con arreglo a las siguientes

Primera. Prórroga.
Las partes firmantes acuerdan la modificación y prórroga del convenio, que tendrá
efectos a partir del 1 de julio de 2023 y hasta el 30 de junio de 2025, previa inscripción
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal.
Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en
el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín
Oficial de la Comunidad Autónoma».

cve: BOE-A-2023-15699
Verificable en https://www.boe.es

CLÁUSULAS