V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2023-20647)
Extracto de la Orden por la que se convoca para el año 2023 la concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales, del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su creación, cofinanciadas con el FEMP, gestionadas por el MAPA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Jueves 6 de julio de 2023

Sec. V-B. Pág. 33070

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

20647

Extracto de la Orde n por la que se convoca para e l año 2023 la
concesión de ayudas a las Organizaciones Profesionales, del sector de
los productos de la pe sca y de la acuicultura para su cre ación,
cofinanciadas con e l FEMP, ge stionadas por e l MAPA

BDNS(Identif.):706682
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
706682)
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas, las OPP y AOP de ámbito nacional y
transnacional que se encuentren dadas de alta en el Registro establecido en el
artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las
organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la
acuicultura.
Asimismo, podrán ser también beneficiarias las OIP de ámbito nacional y
transnacional que cumplan con los requisitos establecidos en el Real Decreto 277/
2016, que estén inscritas en el Registro de Organizaciones Interprofesionales
Agroalimentarias establecido en el artículo 14 de la Ley 38/1994, de 30 de
diciembre, y cuyo ámbito de actuación se extienda a todo el territorio nacional.
Segundo. Objeto
Convocar para el ejercicio 2023, las ayudas a la creación de organizaciones
profesionales del sector pesquero, que incluye a las OPP y AOP, de ámbito
nacional y transnacional, y a las OIP de ámbito nacional y transnacional, que
cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto 277/2016 de 24 de junio, de
acuerdo con lo establecido por el capítulo IV del citado título II del Real Decreto
956/2017, de 3 de noviembre.
Tercero. Bases reguladoras

Cuarto. Cuantía
La financiación de la ayuda se efectuará con cargo a la aplicación
presupuestaria 21.11.415B.772 "Ayudas al desarrollo de la nueva OCM para la
comercialización de los productos pesqueros" de los Presupuestos Generales del
Estado de 2023. La cuantía máxima total de la ayuda para esta convocatoria se
establece en 400.000,00 euros.

cve: BOE-B-2023-20647
Verificable en https://www.boe.es

Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco
regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de
la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus
bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto
418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos
pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las
organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la
acuicultura.