III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-15627)
Resolución de 27 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Fundación Philippe Cousteau "Unión de los Océanos", en materia medioambiental, salvamento y de seguridad en el ámbito marítimo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Miércoles 5 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 93729

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco que permita la
colaboración entre la Dirección General de la Guardia Civil y la Fundación Philippe
Cousteau «Unión de los Océanos», de acuerdo con sus competencias, capacidades y
funciones, en actividades relativas a la protección medioambiental, salvamento y de
seguridad en el ámbito marítimo.
Segunda.

Actuaciones conjuntas.

Por ello, teniendo en cuenta las actividades de la Fundación consignadas en el
expositivo segundo, su campo de actuación se engarza con el ejercicio de las
competencias que tiene atribuidas la Guardia Civil en dicho ámbito, y en consecuencia
las partes firmantes entienden que se pueden articular a través de este convenio frentes
de colaboración que faciliten el intercambio de sinergias, y se comprometen a:
a) Facilitar la participación a través de sus respectivos miembros, como alumnos,
ponentes o colaboradores en actividades de formación específica organizados por la
Fundación o participados por ella y en su caso por la Dirección General de la Guardia
Civil.
b) Facilitar la participación en otras actividades de interés que lleven a cabo las
organizaciones firmantes, cursándose con la antelación suficiente y necesaria las
invitaciones correspondientes.
c) Intercambiar entre ambas partes, en el ámbito de sus respectivas competencias,
estudios, informaciones, escritos y libros, que, al entender de cualquiera de ellas, pueda
contribuir al buen desarrollo de este convenio.
d) Facilitar la participación internacional en actividades de formación específica
organizados por la Fundación o participados por ella y en su caso por la Dirección
General de la Guardia Civil proporcionando traductores o sistemas de traducción
simultánea para ello. Permitiendo la participación de ponentes sin que el idioma sea un
límite.
En su caso, otros frentes de colaboración y otros compromisos que puedan
acordarse se definirán a través de adendas al presente convenio.
Financiación.

La Dirección General de la Guardia Civil no asume obligación o compromiso de
carácter económico. Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a
contraprestación económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán
incremento del gasto público. No podrán suponer incremento de dotaciones ni de
retribuciones ni de otros gastos de personal.
Los compromisos económicos anexos al presente convenio que requieran la
realización de algunas de las actividades previstas en este convenio se reflejarán en los
correspondientes convenios específicos que, a su vez, deberán ser aprobados por los
respectivos órganos competentes.
En el eventual supuesto de que para el desarrollo de determinadas actividades del
convenio comportasen compromisos económicos que excedieran de las competencias
presupuestarias de la propia Dirección General de la Guardia Civil y/o para financiar
nuevas actividades/compromisos de ambas partes, los mismos se concretarán a través
de convenios específicos o adendas al presente convenio donde figuren las actividades y
los compromisos económicos correspondientes.

cve: BOE-A-2023-15627
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.