III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-15627)
Resolución de 27 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Fundación Philippe Cousteau "Unión de los Océanos", en materia medioambiental, salvamento y de seguridad en el ámbito marítimo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 93727

artículo 149.1. establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre las materias:
2.ª Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo; 19.ª Pesca
marítima; 20.ª Marina mercante y abanderamiento de buques; iluminación de costas y
señales marítimas; puertos de interés general; aeropuertos de interés general; control del
espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, servicio meteorológico y matriculación de
aeronaves; y 23.ª Legislación básica sobre protección del medio ambiente.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Además, en el Titulo II, Capítulo II, de las funciones, en su artículo 11, apartado 2
donde distribuye competencias territorialmente en su subapartado b, encomienda a «La
Guardia Civil las ejercerá en el resto del territorio nacional y su mar territorial».
Igualmente, el artículo 12.1 B), determina la distribución en materia competencial
encomendada a la Guardia Civil, destacando sus apartados d) «La custodia de vías de
comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones
que por su interés lo requieran», e) «Velar por el cumplimiento de las disposiciones que
tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos,
así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole
relacionada con la naturaleza», y g) Aquellas otras que le atribuye la legislación vigente.
Bajo la dependencia del Ministro del Interior y de la Secretaría de Estado de
Seguridad, la Directora General de la Guardia Civil ejerce el mando directo de la Guardia
Civil, a la que, de acuerdo con la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, se le
encomienda la misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y
garantizar la seguridad ciudadana conforme a la distribución territorial de competencias
fijada en el artículo 11.2.b) de la referida ley orgánica y además el ejercicio directo de las
competencias señaladas en el artículo 12.1. B), entre las que se incluyen las ya
mencionadas establecidas en los apartados d) y e).
Por su parte, el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, fija la de la Guardia Civil en su
artículo 4, atribuyendo en su punto 6, al Mando de Fronteras y Policía Marítima, la
ejecución de las funciones previstas en los Acuerdos del Consejo de Ministros para la
Autoridad de Coordinación para hacer frente a la Inmigración Irregular y de las
encomendadas por el ordenamiento a la Guardia Civil para el control de los demás flujos
irregulares, teniendo entre sus funciones la de resguardo fiscal del Estado; una ejecución
que se lleva a cabo a través de sus Jefaturas subordinadas, a las que a) corresponde
organizar y gestionar el resguardo fiscal del Estado, así como la custodia, control y
vigilancia de las costas, fronteras (excepto aquellas que se rigen por un tratado
internacional específico), puertos, aeropuertos y los espacios marítimos en los que
España ejerce soberanía y, en este ámbito, el control de la inmigración irregular, y b)
encargado, a nivel nacional y en el ámbito de competencias de la Guardia Civil, de la
dirección y coordinación de las actividades operativas de la Guardia Europea de
Fronteras y Costas que lidere la Guardia Civil y del Centro Nacional de Coordinación
(NCC) de España en EUROSUR.
Por otra parte, en su punto 5, se establecen las funciones de la Jefatura del Servicio
de Protección de la Naturaleza, atribuyéndole las de planificar, impulsar y coordinar en el
ámbito de las competencias de la Guardia Civil el cumplimiento de las disposiciones
relacionadas con la conservación de la naturaleza y el medio ambiente, los espacios
protegidos, los recursos hidráulicos, etc.
Segundo.
Que La Fundación Philippe Cousteau «Unión de los Océanos», creada en 1999 en
honor al segundo hijo del comandante Jacques Cousteau, tiene como objetivo el
desarrollo sostenible en materia de pesca y acuicultura, la lucha contra la contaminación
marina, el impulso de la cultura de la mar, así como el fomento de la seguridad marítima

cve: BOE-A-2023-15627
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Núm. 159