III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-15630)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Miércoles 5 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 93739
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
15630
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea, sobre delegación de competencias.
Para general conocimiento, de conformidad con el artículo 9.3 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a la publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución adoptada por el Consejo Rector de la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en su reunión del día 26 de mayo de 2023,
de delegación de competencias, y cuyo texto íntegro se inserta como anexo a la
presente Resolución.
Madrid, 1 de junio de 2023.–El Presidente de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea,
David Benito Astudillo.
ANEXO
De acuerdo con los artículos 13 y 25 del Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por
el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, los órganos de
gobierno de la Agencia son el Presidente y el Consejo Rector, mientras que el órgano
ejecutivo responsable de su dirección y gestión ordinaria es el Director/a.
El artículo 17.1.q) del Estatuto atribuye al Consejo Rector la función de «aprobar los
acuerdos, pactos y convenios que considere convenientes o necesarios para la
realización de los fines de la Agencia». Asimismo, de acuerdo con el artículo 17.1.u), le
corresponde la «declaración de innecesariedad de bienes y derechos adscritos a la
Agencia para el cumplimiento de sus fines, proponiendo al Ministerio de Economía y
Hacienda su desafectación, y en caso de ser desafectados, su enajenación».
Una vez puesta en funcionamiento la Agencia, a fin de facilitar una mayor agilidad y
eficiencia en su actuación, se estimó conveniente delegar determinados supuestos de
dichas competencias en la Dirección, lo que se llevó a cabo mediante Resolución de 24
de marzo de 2009, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 6 de abril de 2009. El
tiempo transcurrido y la experiencia acumulada han puesto de manifiesto la necesidad
de modificar los supuestos contemplados en dicha resolución, optándose por la
elaboración de un nuevo texto que recoja de manera clara la nueva delegación de
competencias.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de conformidad con los
artículos 13, 17 y 25 del Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba
el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, este Consejo Rector, en reunión
del día 26 de mayo de 2023, dispone:
Primero.
Se delega el ejercicio de las siguientes competencias, atribuidas por el Estatuto de
AESA a su Consejo Rector, en la persona titular de la Dirección de AESA:
1. La aprobación de los acuerdos, pactos y convenios que considere convenientes
o necesarios para la realización de los fines de la Agencia cuya cuantía no exceda
cve: BOE-A-2023-15630
Verificable en https://www.boe.es
Resolución de 26 de mayo de 2023, del Consejo Rector de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea, sobre delegación de competencias
Núm. 159
Miércoles 5 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 93739
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
15630
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea, sobre delegación de competencias.
Para general conocimiento, de conformidad con el artículo 9.3 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a la publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución adoptada por el Consejo Rector de la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en su reunión del día 26 de mayo de 2023,
de delegación de competencias, y cuyo texto íntegro se inserta como anexo a la
presente Resolución.
Madrid, 1 de junio de 2023.–El Presidente de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea,
David Benito Astudillo.
ANEXO
De acuerdo con los artículos 13 y 25 del Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por
el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, los órganos de
gobierno de la Agencia son el Presidente y el Consejo Rector, mientras que el órgano
ejecutivo responsable de su dirección y gestión ordinaria es el Director/a.
El artículo 17.1.q) del Estatuto atribuye al Consejo Rector la función de «aprobar los
acuerdos, pactos y convenios que considere convenientes o necesarios para la
realización de los fines de la Agencia». Asimismo, de acuerdo con el artículo 17.1.u), le
corresponde la «declaración de innecesariedad de bienes y derechos adscritos a la
Agencia para el cumplimiento de sus fines, proponiendo al Ministerio de Economía y
Hacienda su desafectación, y en caso de ser desafectados, su enajenación».
Una vez puesta en funcionamiento la Agencia, a fin de facilitar una mayor agilidad y
eficiencia en su actuación, se estimó conveniente delegar determinados supuestos de
dichas competencias en la Dirección, lo que se llevó a cabo mediante Resolución de 24
de marzo de 2009, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 6 de abril de 2009. El
tiempo transcurrido y la experiencia acumulada han puesto de manifiesto la necesidad
de modificar los supuestos contemplados en dicha resolución, optándose por la
elaboración de un nuevo texto que recoja de manera clara la nueva delegación de
competencias.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de conformidad con los
artículos 13, 17 y 25 del Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba
el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, este Consejo Rector, en reunión
del día 26 de mayo de 2023, dispone:
Primero.
Se delega el ejercicio de las siguientes competencias, atribuidas por el Estatuto de
AESA a su Consejo Rector, en la persona titular de la Dirección de AESA:
1. La aprobación de los acuerdos, pactos y convenios que considere convenientes
o necesarios para la realización de los fines de la Agencia cuya cuantía no exceda
cve: BOE-A-2023-15630
Verificable en https://www.boe.es
Resolución de 26 de mayo de 2023, del Consejo Rector de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea, sobre delegación de competencias