I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Covid-19. (BOE-A-2023-15552)
Orden SND/726/2023, de 4 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de julio de 2023, por el que se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 93383

España ha participado y continúa participando de forma muy activa en el Fondo de
Acceso Global para Vacunas COVID-19 (COVAX), puesto en marcha por la Coalición
para la Promoción de Innovaciones en pro de la Preparación ante Epidemias (CEPI), la
Alianza Gavi para las Vacunas (Gavi) y la Organización Mundial de la Salud,
contribuyendo con la donación de vacunas, con el objetivo puesto en lograr la inmunidad
global. España es uno de los países más solidarios en lo que a donación de vacunas se
refiere, con especial atención a Hispanoamérica, habiendo donado casi 66 millones de
vacunas a 46 países, ya sea directamente mediante acuerdos bilaterales, o a través de
instrumentos multilaterales de cooperación.
En la actualidad, los datos de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica muestran
que la incidencia acumulada en 14 días de la COVID-19 se ha mantenido estable desde
septiembre de 2022. De hecho, durante el año 2023 se aprecia un descenso medio
diario del 0,8 %, excepto después de la Semana Santa en que se observó un ligero
incremento con una posterior estabilización y descenso de nuevo. Esta situación se
corresponde con lo observado tanto en los países de nuestro entorno, como en el resto
del mundo.
Los indicadores de gravedad también muestran niveles muy bajos y estables. La
ocupación hospitalaria se encuentra en el 1,06 % y el 0,99 % de las camas disponibles
en hospitalización convencional y UCI, respectivamente. Además, es de destacar que
menos de la mitad de los pacientes con COVID-19 en hospitalización convencional y
alrededor del 50 % de los pacientes hospitalizados en UCI están ingresados a causa de
la COVID-19, mientras que el resto de ellos lo están por causas no relacionadas con esta
enfermedad.
La situación epidemiológica descrita anteriormente, con una tendencia decreciente
en los últimos meses tanto en los fallecimientos por la COVID-19, como en las
hospitalizaciones relacionadas con la COVID-19, los altos niveles de inmunidad de la
población al SARS-CoV-2 por la infección natural o la alta tasa de vacunación, la menor
virulencia de los sublinajes Ómicron que circulan actualmente y la mejora en el manejo
de casos clínicos, reducen la vulnerabilidad de la población y han permitido controlar la
COVID-19, y aunque esta enfermedad continúa siendo relevante para la salud pública,
ya no supone una situación de crisis sanitaria en nuestro país.
En este contexto, la evidencia científica disponible y la evolución de la situación
epidemiológica en la mayoría de los países del mundo, propiciaron la declaración
realizada por el Director General de la OMS, el pasado 5 de mayo de 2023, en la que
manifestó su acuerdo con el asesoramiento prestado por el Comité de emergencias en
relación con la pandemia de COVID-19 y determinó que la COVID-19 ya no constituye
una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII), siendo ahora un
problema de salud establecido y persistente que requiere un cambio en sus mecanismos
de vigilancia y control.
En ese mismo contexto, en España el CCAES, de forma consensuada con la
Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta, considera que la COVID-19
ha sido controlada y, aunque esta enfermedad continúa siendo relevante para la salud
pública, ya no supone una situación de crisis sanitaria en nuestro país.
El Ministerio de Sanidad, continuando con el criterio de actuar siempre según el
parecer de los técnicos y tras dichas consideraciones, elevó consulta a las comunidades
autónomas en la sesión del Pleno del CISNS celebrada el 23 de junio de 2023, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo,
respecto a la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Las mismas, manifestaron de forma unánime la conformidad con la declaración de dicha
finalización, así como su acuerdo para que, tras la misma, decaigan las medidas
extraordinarias que hubieran sido acordadas.
Dado que la citada Ley 2/2021, de 29 de marzo, prevé que tras la declaración de
finalización de la situación de crisis sanitaria, dejaran de ser aplicables algunas de las
medidas recogidas en la misma, el Gobierno, teniendo presente esta inminente
declaración, ha incluido dentro del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se

cve: BOE-A-2023-15552
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Núm. 159