II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-15524)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Auxiliar de Biblioteca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Martes 4 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 93151
omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación se publicará, en la página web de la
Universidad Carlos III de Madrid, la Resolución por la que se aprueban las listas
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no recogidas en la misma. En dicha resolución se hará constar, a
propuesta del Tribunal Calificador, la fecha, lugar y hora de realización del primer
ejercicio de la fase de oposición, con una antelación mínima de diez días hábiles.
4.4 La resolución que apruebe con carácter definitivo las listas de aspirantes
admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación o,
potestativamente, el recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes,
en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respectivamente.
5.1 El procedimiento de selección constará de dos fases: fase de oposición y fase
de concurso.
La fase de oposición constituirá el 70 por 100 del proceso selectivo y tendrá carácter
eliminatorio. A su vez, la fase de concurso constituirá el 30 por 100 del proceso selectivo
y no tendrá carácter eliminatorio.
5.2 La fase de oposición consistirá en la realización de un único ejercicio obligatorio
en los términos que se especifican en el anexo II de la presente convocatoria.
5.3 Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo
participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con
el baremo fijado en el anexo II. En ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán
ser computados para superar el ejercicio realizado en la fase de oposición.
El Tribunal requerirá, mediante anuncio publicado en la página web de la
universidad, a quienes hayan superado la fase de oposición para que, en el plazo de
diez días hábiles, presenten la documentación acreditativa de los méritos que aleguen
para su valoración en esta fase del proceso selectivo.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará como fecha límite para
su cómputo la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de
participación en las presentes pruebas selectivas, excepto para la acreditación del nivel
de inglés, donde se admitirán títulos o certificaciones oficiales obtenidos hasta la fecha
de la resolución del Tribunal por la que declaran las personas que han superado la fase
de oposición.
5.4 La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar
aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el de las plazas
convocadas.
Corresponderá al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar el ejercicio de la
fase de oposición, todo ello a la vista del grado de dificultad del mismo y del
conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta escala.
Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener una de las plazas
convocadas será necesario superar el ejercicio de la fase de oposición y encontrarse,
una vez sumadas las puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no
superior al número de plazas convocadas.
En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad a quien haya obtenido:
a)
b)
Mayor puntuación en el ejercicio de la fase de oposición.
Mayor número de respuestas correctas en el ejercicio de la fase de oposición.
cve: BOE-A-2023-15524
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Procedimiento de selección.
Núm. 158
Martes 4 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 93151
omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación se publicará, en la página web de la
Universidad Carlos III de Madrid, la Resolución por la que se aprueban las listas
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no recogidas en la misma. En dicha resolución se hará constar, a
propuesta del Tribunal Calificador, la fecha, lugar y hora de realización del primer
ejercicio de la fase de oposición, con una antelación mínima de diez días hábiles.
4.4 La resolución que apruebe con carácter definitivo las listas de aspirantes
admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación o,
potestativamente, el recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes,
en los términos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respectivamente.
5.1 El procedimiento de selección constará de dos fases: fase de oposición y fase
de concurso.
La fase de oposición constituirá el 70 por 100 del proceso selectivo y tendrá carácter
eliminatorio. A su vez, la fase de concurso constituirá el 30 por 100 del proceso selectivo
y no tendrá carácter eliminatorio.
5.2 La fase de oposición consistirá en la realización de un único ejercicio obligatorio
en los términos que se especifican en el anexo II de la presente convocatoria.
5.3 Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo
participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En esta fase se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes de conformidad con
el baremo fijado en el anexo II. En ningún caso los puntos obtenidos en esta fase podrán
ser computados para superar el ejercicio realizado en la fase de oposición.
El Tribunal requerirá, mediante anuncio publicado en la página web de la
universidad, a quienes hayan superado la fase de oposición para que, en el plazo de
diez días hábiles, presenten la documentación acreditativa de los méritos que aleguen
para su valoración en esta fase del proceso selectivo.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará como fecha límite para
su cómputo la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de
participación en las presentes pruebas selectivas, excepto para la acreditación del nivel
de inglés, donde se admitirán títulos o certificaciones oficiales obtenidos hasta la fecha
de la resolución del Tribunal por la que declaran las personas que han superado la fase
de oposición.
5.4 La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar
aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el de las plazas
convocadas.
Corresponderá al Tribunal fijar el nivel mínimo exigible para superar el ejercicio de la
fase de oposición, todo ello a la vista del grado de dificultad del mismo y del
conocimiento demostrado por los aspirantes para el acceso a esta escala.
Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener una de las plazas
convocadas será necesario superar el ejercicio de la fase de oposición y encontrarse,
una vez sumadas las puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no
superior al número de plazas convocadas.
En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad a quien haya obtenido:
a)
b)
Mayor puntuación en el ejercicio de la fase de oposición.
Mayor número de respuestas correctas en el ejercicio de la fase de oposición.
cve: BOE-A-2023-15524
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Procedimiento de selección.