III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-15543)
Orden ETD/724/2023, de 27 de junio, por la que se modifica la Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos y de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Martes 4 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 93264

En lo que se refiere a la agilización de la gestión, es necesario revisar el contenido
de algunas de las delegaciones de la persona titular del Departamento en la
Subdirección General de Administración Financiera y Oficialía Mayor y en la
Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para
mejorar la eficacia en la gestión económica. En aras de dicha mejora se modifican
asimismo alguna de las delegaciones de la persona titular de la Secretaría de Estado de
Economía y Apoyo a la Empresa en diversos órganos.
Por otra parte, la vigente orden atribuye a la persona titular de la Subsecretaría, por
delegación de la persona titular del Departamento, la competencia de remisión de la
documentación del Departamento necesaria para la elaboración de la Cuenta General
del Estado prevista en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre. La aplicación práctica del
citado precepto aconseja revisar la redacción para que resulte más precisa en cuanto a
la delegación que recibe la persona titular de la Subsecretaría, incluyendo la expresión
«la rendición de cuentas». Procede asimismo adaptar a la normativa ahora vigente las
delegaciones en la persona titular de la Subsecretaría en materia de nombramientos en
órganos del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Por otro lado, se incluyen
en la orden las competencias en relación con la resolución de procedimientos de
reconocimiento de los títulos expedidos en otros Estados miembros de la Unión Europea
para las profesiones reguladas de Economista, Actuario de Seguros y Diplomado en
Ciencias Empresariales y Profesor Mercantil, que le atribuye la Orden del Ministro de
Economía y Hacienda, de 27 de julio de 1995, la cual queda derogada.
Por último, es oportuno, también en aras de la eficacia de la gestión, que la persona
titular de la Subsecretaría delegue determinadas competencias en materia de
designación de comisiones de servicio.
En su virtud, al amparo del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y del artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del
Gobierno, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre, sobre
fijación de límites para la administración de determinados créditos y de delegación de
competencias.
La Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos y de delegación de competencias queda
modificada como sigue:
Primero. Modificación del artículo 7, Subsecretaría de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.
Uno.

El apartado 5.A) queda redactado como sigue:
«5.

En relación con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas:

a) Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría
de Cuentas.
b) Consejo de Información Corporativa del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas.»
Dos.

La letra d) del apartado 9 queda redactada como sigue:

«d) La rendición ante el Tribunal de Cuentas, a través de la Intervención
General de la Administración del Estado, de los estados de las cuentas anuales y
sus anexos, prevista en la Ley 47/2003, de 27 de noviembre, y sus normas de
desarrollo.»

cve: BOE-A-2023-15543
Verificable en https://www.boe.es

A) Las competencias de nombramiento de representantes en los siguientes
órganos: