III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-15255)
Resolución 420/38267/2023, de 22 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de León, para la realización por los estudiantes de su Facultad de Veterinaria, de prácticas académicas externas en los Centros Militares de Cría Caballar.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Viernes 30 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91536
académicas externas de los estudiantes de la Facultad de Veterinaria, en los Centros
Militares de Cría Caballar (CMCC) y en el Laboratorio de Investigación Aplicada (LIA),
dependientes de la Secretaría General Técnica (SEGENTE) del MINISDEF, al objeto de
que, a través de sus respectivos recursos, contribuyan a completar la formación y
desarrollar la cualificación profesional de los estudiantes universitarios, mediante la
realización de prácticas.
Segunda.
Aportaciones del Ministerio de Defensa.
a) Acoger a estudiantes de Grado/Master de la Facultad de Veterinaria de la ULE,
en número a determinar anualmente, por mutuo acuerdo ente las partes, facilitándoles la
realización de prácticas académicas externas en los CMCC y en el LIA de acuerdo con
las condiciones establecidas en este convenio.
b) Designar un tutor profesional que pertenezca a la plantilla del CMCC o LIA en el
que se realicen las prácticas, en posesión de titulación universitaria. Dicho tutor asumirá,
junto con el tutor académico designado por la ULE, la coordinación de las tareas
formativas del estudiante y colaborará en la consecución de los objetivos marcados,
aportando los conocimientos prácticos necesarios para completar la formación de los
estudiantes que lleven a cabo las prácticas.
c) En coordinación con la ULE, definir en cada caso el perfil requerido del
estudiante que acogerá en prácticas, así como las actividades específicas a realizar.
d) A través del CMCC o LIA elegido para la realización de las prácticas, comunicar
el alta del estudiante, la fecha de comienzo y finalización, así como el horario y contenido
de las mismas.
e) A la finalización de las prácticas, la Jefatura del CMCC o LIA expedirá un
certificado en el que se reconozca al estudiante el tiempo de prácticas realizado y su
contenido básico.
f) Trasladar a la comisión mixta de seguimiento del presente convenio cuantas
incidencias y vicisitudes se observen por los tutores designados.
g) Proporcionar al estudiante información relativa a la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
h) Vetar o revocar, si procediera, la participación de algún estudiante designado o
incorporado a las prácticas, por motivos de seguridad o de otra índole debidamente
justificada.
Aportaciones de la Universidad de León.
a) Gestionar las convocatorias de las prácticas externas objeto del presente
convenio de acuerdo con su normativa y procedimientos.
b) Comprobar que los estudiantes que realicen las prácticas objeto del convenio se
encuentran amparados por la correspondiente cobertura de seguro escolar según la
reglamentación vigente, sin perjuicio de la póliza de responsabilidad civil que cubra los
riesgos que pudieran derivarse de las prácticas.
c) Nombrar un tutor o profesor supervisor para cada estudiante, que se encargará
de supervisar y evaluar las prácticas mediante un informe que emitirá a su finalización.
d) Proporcionar la guía didáctica de la asignatura al personal del CMCC o LIA que
desempeñe las funciones de tutor facilitando el acceso, en su caso, a la correspondiente
plataforma telemática de gestión.
e) Comunicar al CMCC o LIA la identidad de los estudiantes de grado o master que
llevarán a cabo las prácticas, así como la identidad de los correspondientes tutores
académicos designados por la ULE.
f) Señalar, previa coordinación con el CMCC o LIA, las fechas de inicio y
finalización de las prácticas.
g) Trasladar a la comisión mixta de seguimiento del presente convenio cuantas
incidencias y vicisitudes se observen por los tutores académicos en relación con el
desarrollo de las actividades objeto del presente convenio.
cve: BOE-A-2023-15255
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 155
Viernes 30 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91536
académicas externas de los estudiantes de la Facultad de Veterinaria, en los Centros
Militares de Cría Caballar (CMCC) y en el Laboratorio de Investigación Aplicada (LIA),
dependientes de la Secretaría General Técnica (SEGENTE) del MINISDEF, al objeto de
que, a través de sus respectivos recursos, contribuyan a completar la formación y
desarrollar la cualificación profesional de los estudiantes universitarios, mediante la
realización de prácticas.
Segunda.
Aportaciones del Ministerio de Defensa.
a) Acoger a estudiantes de Grado/Master de la Facultad de Veterinaria de la ULE,
en número a determinar anualmente, por mutuo acuerdo ente las partes, facilitándoles la
realización de prácticas académicas externas en los CMCC y en el LIA de acuerdo con
las condiciones establecidas en este convenio.
b) Designar un tutor profesional que pertenezca a la plantilla del CMCC o LIA en el
que se realicen las prácticas, en posesión de titulación universitaria. Dicho tutor asumirá,
junto con el tutor académico designado por la ULE, la coordinación de las tareas
formativas del estudiante y colaborará en la consecución de los objetivos marcados,
aportando los conocimientos prácticos necesarios para completar la formación de los
estudiantes que lleven a cabo las prácticas.
c) En coordinación con la ULE, definir en cada caso el perfil requerido del
estudiante que acogerá en prácticas, así como las actividades específicas a realizar.
d) A través del CMCC o LIA elegido para la realización de las prácticas, comunicar
el alta del estudiante, la fecha de comienzo y finalización, así como el horario y contenido
de las mismas.
e) A la finalización de las prácticas, la Jefatura del CMCC o LIA expedirá un
certificado en el que se reconozca al estudiante el tiempo de prácticas realizado y su
contenido básico.
f) Trasladar a la comisión mixta de seguimiento del presente convenio cuantas
incidencias y vicisitudes se observen por los tutores designados.
g) Proporcionar al estudiante información relativa a la normativa de seguridad y
prevención de riesgos laborales.
h) Vetar o revocar, si procediera, la participación de algún estudiante designado o
incorporado a las prácticas, por motivos de seguridad o de otra índole debidamente
justificada.
Aportaciones de la Universidad de León.
a) Gestionar las convocatorias de las prácticas externas objeto del presente
convenio de acuerdo con su normativa y procedimientos.
b) Comprobar que los estudiantes que realicen las prácticas objeto del convenio se
encuentran amparados por la correspondiente cobertura de seguro escolar según la
reglamentación vigente, sin perjuicio de la póliza de responsabilidad civil que cubra los
riesgos que pudieran derivarse de las prácticas.
c) Nombrar un tutor o profesor supervisor para cada estudiante, que se encargará
de supervisar y evaluar las prácticas mediante un informe que emitirá a su finalización.
d) Proporcionar la guía didáctica de la asignatura al personal del CMCC o LIA que
desempeñe las funciones de tutor facilitando el acceso, en su caso, a la correspondiente
plataforma telemática de gestión.
e) Comunicar al CMCC o LIA la identidad de los estudiantes de grado o master que
llevarán a cabo las prácticas, así como la identidad de los correspondientes tutores
académicos designados por la ULE.
f) Señalar, previa coordinación con el CMCC o LIA, las fechas de inicio y
finalización de las prácticas.
g) Trasladar a la comisión mixta de seguimiento del presente convenio cuantas
incidencias y vicisitudes se observen por los tutores académicos en relación con el
desarrollo de las actividades objeto del presente convenio.
cve: BOE-A-2023-15255
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.