III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-15254)
Resolución 420/38265/2023, de 22 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Córdoba, para la realización de un proyecto de investigación en reproducción animal equina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Viernes 30 de junio de 2023
Segunda.

Sec. III. Pág. 91530

Aportaciones de las partes.

El Grupo de Investigación del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e
Investigación (PAIDI), AGR-275 Reproducción Veterinaria de la Facultad de Veterinaria
de la Universidad de Córdoba aportará el personal e infraestructura necesarios para la
consecución de los objetivos a desarrollar, que se concreta en:
1.

Personal:

a) Personal vinculado laboral, funcionarial o estatutariamente con la Universidad de
Córdoba, perteneciente al Grupo de Investigación AGR-275 Reproducción Veterinaria de
la Universidad de Córdoba que participa en el convenio.
b) En caso de que sea necesario para el desarrollo del trabajo, se utilizará el
Servicio Central de Apoyo a la Investigación (SCAI) de la Universidad de Córdoba.
2.

Material:

Equipos de laboratorio, reactivos, material fungible y programas informáticos específicos,
necesarios para la consecución de los objetivos a desarrollar.
Cría Caballar de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa aportará las muestras, el
personal e infraestructura necesarios para la consecución de los objetivos a desarrollar. Por
una parte, las tomas de muestras se realizarán en los Centros Militares de Cría Caballar de
las Fuerzas Armadas o en la parada de Sementales de la Facultad de Veterinaria de la
Universidad de Córdoba, desplegada por el Centro de Cría Caballar de Écija (Sevilla). Por
otra parte, los análisis se podrán realizar en el Centro Militar de Cría Caballar de Ávila o en el
Laboratorio de Investigación Aplicada. Respecto al material que se pone a disposición para la
realización de dichos análisis, este consistirá en termocicladores a tiempo real y tiempo final,
secuenciador de ADN, equipo automatizado para ensayos inmunoenzimáticos en placa,
campana de flujo laminar y estufa de cultivos para virología, campana de flujo y estufas para
bacteriología y equipos de electroforesis unidimensional, sistemas computarizados de análisis
espermáticos, criocongeladores de esperma y material básico de laboratorio.
Tercera. Financiación.
No se contempla aportación económica extraordinaria alguna por parte del Ministerio de
Defensa. Los Centros Militares de Cría Caballar disponen de medios personales, materiales
y presupuestarios para las actividades desarrolladas bajo el presente convenio.
Por otra parte, las actuaciones previstas en el mismo no darán lugar a
contraprestación económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán
incremento del gasto público.
Asimismo, ambos organismos se comprometen a concurrir solos o conjuntamente a
convocatorias públicas y privadas de financiación de la investigación, para conseguir
complementar la financiación para los trabajos aquí descritos.
Cuarta.

Medidas de control y seguimiento.

1. El seguimiento y control de este convenio será llevado a cabo por una Comisión
Mixta de Seguimiento, en adelante Comisión Mixta.
2. La Comisión Mixta estará formada:
a) Por parte del Ministerio de Defensa, por el Jefe del Laboratorio de Investigación
Aplicada y dos representantes de Cría Caballar de las Fuerzas Armadas.
b) Por parte de la Universidad de Córdoba, por tres representantes del Grupo de
Investigación AGR-275.

cve: BOE-A-2023-15254
Verificable en https://www.boe.es

La coordinación de los trabajos y la supervisión de las labores de ejecución que
figuran en el Plan de trabajo serán llevadas a cabo por los responsables del Proyecto
mediante reuniones de carácter técnico que se desarrollarán periódicamente.