V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-19822)
Resolución de la Dirección General del Agua, por la que se autoriza la modificación de características de la concesión del aprovechamiento hidroeléctrico de la Florida, en el río Narcea, en el término municipal de Tineo (Asturias), para incluir el aprovechamiento hidroeléctrico del caudal ecológico en la presa de la Florida, siendo el titular concesional, E.D.P. España S.A.U.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
EJE DE GIRO:
VELOCIDAD (rpm):
Sec. V-B. Pág. 31788
Vertical
500
Grupo III – Características del alternador
MARCA ALTERNADOR:
POTENCIA NOMINAL (MVA):
POTENCIA REACTIVA (MVA):
EJE DE GIRO:
BROWN BOVERI
3,1
3,1
vertical
CONDICIONES ESPECÍFICAS
2.2.1. Las obras se ajustarán al proyecto de octubre de 2021 en cuanto no se
opongan a las presentes condiciones.
2.2.2. Conforme al artículo 115 del RDPH, se exige el cumplimiento de las
condiciones indicadas en la Resolución de 25 de julio de 2022 de la Viceconsejería
de Medio Ambiente y Cambio Climático del Principado de Asturias por la que se
formula la declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Aprovechamiento
hidroeléctrico del caudal ecológico en el río Narcea en la presa de La Florida
(lineo)":
Vistos los estudios presentados por el concesionario, el 18 de julio de 2022 y la
resolución de declaración de impacto ambiental de 25 de julio de 2022, el titular
concesional está obligado a dar cumplimiento a las condiciones indicadas en la
citada resolución, relativas al diseño y a la ejecución de la instalación, además de
otras aquellas indicadas en esta resolución, y que puedan detectarse en los
estudios a realizar. Entre las condiciones a cumplir, por su afección al dominio
público hidráulico, se recogen las siguientes en esta resolución:
2.2.2.1. Se instalarán rejas basculantes para peces entre la barrera de gruesos
y el hidrotornillo, con un tamaño final de luz de malla máximo de 2 cm. Dicha
barrera deberá permitir que no queden atrapadas especies de fauna entre la reja
de peces y el hidrotornillo. (Esta condición podrá ser objeto de modificación en
caso de que se comprobase su falta de funcionalidad. Modificación que deberá ser
objeto de validación por la Dirección General de Medio Natural y Planificación
Rural).
2.2.2.2. El promotor garantizará un mantenimiento adecuado de los protectores
de goma flexibles durante la fase de funcionamiento.
2.2.2.4. Se recubrirá el área de captación para evitar que las especies de aves
queden atrapadas entre la reja y el hidrotornillo, de tal forma que se permita el
escape de las mismas, instalando una estructura que permita la salida pero no la
entrada. (Esta condición podrá ser objeto de modificación en caso de que se
comprobase su falta de funcionalidad. Modificación que deberá ser objeto de
validación por la Dirección General de Medio Natural y Planificación Rural).
2.2.2.5. La luz de la malla electrosoldada que se utilice en el recubrimiento y en
cve: BOE-B-2023-19822
Verificable en https://www.boe.es
2.2.2.3. Se comprobará que el diseño de la escala de peces sea adecuado y
funcional. Durante su fase de funcionamiento se realizarán las tareas de
mantenimiento necesarias para garantizar un correcto funcionamiento. Y en el
caso de que se detecte que su diseño no ha sido acertado, se tomarán las
medidas necesarias hasta que sea completamente funcional.
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
EJE DE GIRO:
VELOCIDAD (rpm):
Sec. V-B. Pág. 31788
Vertical
500
Grupo III – Características del alternador
MARCA ALTERNADOR:
POTENCIA NOMINAL (MVA):
POTENCIA REACTIVA (MVA):
EJE DE GIRO:
BROWN BOVERI
3,1
3,1
vertical
CONDICIONES ESPECÍFICAS
2.2.1. Las obras se ajustarán al proyecto de octubre de 2021 en cuanto no se
opongan a las presentes condiciones.
2.2.2. Conforme al artículo 115 del RDPH, se exige el cumplimiento de las
condiciones indicadas en la Resolución de 25 de julio de 2022 de la Viceconsejería
de Medio Ambiente y Cambio Climático del Principado de Asturias por la que se
formula la declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Aprovechamiento
hidroeléctrico del caudal ecológico en el río Narcea en la presa de La Florida
(lineo)":
Vistos los estudios presentados por el concesionario, el 18 de julio de 2022 y la
resolución de declaración de impacto ambiental de 25 de julio de 2022, el titular
concesional está obligado a dar cumplimiento a las condiciones indicadas en la
citada resolución, relativas al diseño y a la ejecución de la instalación, además de
otras aquellas indicadas en esta resolución, y que puedan detectarse en los
estudios a realizar. Entre las condiciones a cumplir, por su afección al dominio
público hidráulico, se recogen las siguientes en esta resolución:
2.2.2.1. Se instalarán rejas basculantes para peces entre la barrera de gruesos
y el hidrotornillo, con un tamaño final de luz de malla máximo de 2 cm. Dicha
barrera deberá permitir que no queden atrapadas especies de fauna entre la reja
de peces y el hidrotornillo. (Esta condición podrá ser objeto de modificación en
caso de que se comprobase su falta de funcionalidad. Modificación que deberá ser
objeto de validación por la Dirección General de Medio Natural y Planificación
Rural).
2.2.2.2. El promotor garantizará un mantenimiento adecuado de los protectores
de goma flexibles durante la fase de funcionamiento.
2.2.2.4. Se recubrirá el área de captación para evitar que las especies de aves
queden atrapadas entre la reja y el hidrotornillo, de tal forma que se permita el
escape de las mismas, instalando una estructura que permita la salida pero no la
entrada. (Esta condición podrá ser objeto de modificación en caso de que se
comprobase su falta de funcionalidad. Modificación que deberá ser objeto de
validación por la Dirección General de Medio Natural y Planificación Rural).
2.2.2.5. La luz de la malla electrosoldada que se utilice en el recubrimiento y en
cve: BOE-B-2023-19822
Verificable en https://www.boe.es
2.2.2.3. Se comprobará que el diseño de la escala de peces sea adecuado y
funcional. Durante su fase de funcionamiento se realizarán las tareas de
mantenimiento necesarias para garantizar un correcto funcionamiento. Y en el
caso de que se detecte que su diseño no ha sido acertado, se tomarán las
medidas necesarias hasta que sea completamente funcional.