I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Trasvase Tajo-Segura. (BOE-A-2023-15136)
Orden TED/697/2023, de 27 de junio, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 15 hm³ para el mes de junio de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 90791
anual recogida en el Plan Hidrológico del Guadiana para atender las necesidades de
abastecimiento existentes en la Llanura Manchega.
5. Se toma nota de la propuesta de la Comisión Central de Explotación del
Acueducto Tajo-Segura celebrada el 23 de junio del 2023 que, a la vista del informe del
CEDEX, concluye que se podría autorizar hasta un volumen máximo de 20,0 hm3 para el
mes de junio de 2023.
6. Se toma en consideración que de acuerdo con la disposición adicional quinta de
la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de
noviembre, de Montes, los volúmenes cuyo trasvase haya sido autorizado se distribuirán
entre abastecimientos y regadíos, asegurando siempre al menos 7,5 hm3/mes para los
abastecimientos urbanos.
Por todo ello, en aplicación de los principios de prevención y precaución que deben
presidir la acción de las Administraciones Públicas, considerando la previsión de
aportaciones para los próximos meses, las reservas de volúmenes de agua trasvasada
disponibles en la cuenca del Segura a fecha 1 de junio y los volúmenes autorizados
pendientes de trasvasar a fecha 1 de junio, y la aplicación de la regla para los
próximos seis meses realizada en el informe del CEDEX de la que se deriva el riesgo de
que el sistema pase a nivel 4 el próximo mes de noviembre, autorizo un trasvase desde
los embalses de Entrepeñas-Buendía a través del acueducto Tajo-Segura de 15 hm3
para el mes de junio de 2023. Del volumen del trasvase autorizado, se destinan al
abastecimiento 7,5 hm3 a la Mancomunidad de los Canales del Taibilla y 0,85 hm3 con
destino al abastecimiento a la Cuenca Alta del río Guadiana, a cargo de la asignación
anual de 8,3 hm3 recogida en el plan hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del
Guadiana.
cve: BOE-A-2023-15136
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de junio de 2023.–La Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, P. D. (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo), el Secretario de Estado de
Medio Ambiente, Hugo Alfonso Morán Fernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 90791
anual recogida en el Plan Hidrológico del Guadiana para atender las necesidades de
abastecimiento existentes en la Llanura Manchega.
5. Se toma nota de la propuesta de la Comisión Central de Explotación del
Acueducto Tajo-Segura celebrada el 23 de junio del 2023 que, a la vista del informe del
CEDEX, concluye que se podría autorizar hasta un volumen máximo de 20,0 hm3 para el
mes de junio de 2023.
6. Se toma en consideración que de acuerdo con la disposición adicional quinta de
la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de
noviembre, de Montes, los volúmenes cuyo trasvase haya sido autorizado se distribuirán
entre abastecimientos y regadíos, asegurando siempre al menos 7,5 hm3/mes para los
abastecimientos urbanos.
Por todo ello, en aplicación de los principios de prevención y precaución que deben
presidir la acción de las Administraciones Públicas, considerando la previsión de
aportaciones para los próximos meses, las reservas de volúmenes de agua trasvasada
disponibles en la cuenca del Segura a fecha 1 de junio y los volúmenes autorizados
pendientes de trasvasar a fecha 1 de junio, y la aplicación de la regla para los
próximos seis meses realizada en el informe del CEDEX de la que se deriva el riesgo de
que el sistema pase a nivel 4 el próximo mes de noviembre, autorizo un trasvase desde
los embalses de Entrepeñas-Buendía a través del acueducto Tajo-Segura de 15 hm3
para el mes de junio de 2023. Del volumen del trasvase autorizado, se destinan al
abastecimiento 7,5 hm3 a la Mancomunidad de los Canales del Taibilla y 0,85 hm3 con
destino al abastecimiento a la Cuenca Alta del río Guadiana, a cargo de la asignación
anual de 8,3 hm3 recogida en el plan hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del
Guadiana.
cve: BOE-A-2023-15136
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de junio de 2023.–La Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, P. D. (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo), el Secretario de Estado de
Medio Ambiente, Hugo Alfonso Morán Fernández.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X