III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-15123)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Pilotos de Ryanair DAC en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Miércoles 28 de junio de 2023
5.14

Sec. III. Pág. 90451

Retribución por sectores:

5.14.1 La Retribución por Sectores se calcula sobre una tarifa por hora bloque
programada (SBH) para vuelos comerciales. La tarifa se indica en los anexos
correspondientes (Anexo 1 para los comandantes y Anexo 2 para los FO, SO y JFO).
5.14.2 La retribución por sectores tiene dos objetivos: (1) compensar los gastos de
desplazamiento sin pernocta en que puedan incurrir los pilotos durante sus funciones, y
(2) complementar los elementos salariales fijos de los pilotos con un complemento
variable proporcional a las horas de vuelo.
5.14.3 Con el fin de aclarar qué parte está destinada a compensar las dietas y cuál
corresponde a la remuneración variable, se aplica el siguiente desglose:
5.14.3.1 Dietas de viaje sin pernocta. Se considerarán dietas de viaje los siguientes
importes por días de vuelo de acuerdo con la siguiente tabla:
Euros

Viajes en España.

36,06

Viajes al extranjero. 66,11

5.14.3.2 Remuneración variable. El exceso de las retribuciones del sector sobre las
cantidades anteriormente reconocidas como dietas exentas tendrá la consideración de
retribución variable a todos los efectos.
5.14.4 En el caso de que un piloto tenga que pernoctar fuera de su base de
operaciones, la cantidad diaria por pernocta se abonará por separado, de acuerdo con el
artículo 8. Cuando se practiquen las retenciones fiscales, la Compañía deberá tener en
cuenta las exenciones máximas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
(IRPF) vigentes (en caso de modificación de las disposiciones normativas aplicables en
esta materia, las partes se comprometen a actualizar este Convenio), que actualmente
son las que figuran en la siguiente tabla:
Euros

Viajes en España.

53,34

Viajes al extranjero. 91,35

5.14.5 Los pilotos tendrán acceso al desglose de las dietas nacionales o
internacionales, sin pernocta o con pernocta, detallando el número de dietas, que se
facilitarán y detallarán en la nómina.
6.

Otros pagos

A continuación, se indican otros elementos salariales que los pilotos pueden percibir
por el desempeño de sus funciones.
Pago por trabajo en día libre (WOFF).

Trabajo en día libre (WOFF): los pagos que se indican a continuación (junto con el
pertinente SBH) se aplicarán a los pilotos de Ryanair contratados directamente y que
tengan su base de operaciones en España, en el caso de que trabajen en un día
programado como libre cuando así se lo solicite Operaciones de Ryanair (Ryanair
Operations). El pago correspondiente al trabajo en día libre no se devengará salvo que
«Ryanair Operations» contacte con el piloto para trabajar en un periodo de actividad que
comience dentro de un día programado como libre. Tampoco será de aplicación en caso
de swaps o para la realización de funciones que no sean de vuelo.

cve: BOE-A-2023-15123
Verificable en https://www.boe.es

6.1