III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-15111)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Inca n.º 2, por la que se deniega la expedición de diversas notas simples informativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Miércoles 28 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 90366

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
15111

Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Inca n.º 2, por la que se deniega la
expedición de diversas notas simples informativas.

En el recurso interpuesto por don R. G. G., abogado, administrador único de la
entidad «Egest Consultores, SL», contra la nota de calificación extendida por la
registradora de la Propiedad de Inca número 2, doña María Alicia Echevarría Pérez, por
la que se deniega la expedición de diversas notas simples informativas.
Hechos
I
La entidad «Egest Consultores, SL» solicitó, durante el mes de enero del año 2023,
al Registro de la Propiedad de Inca número 2, la emisión de cinco notas simples. Dichas
solicitudes se enviaron firmadas con certificado de firma electrónica a través del correo
electrónico del Registro, con petición de emisión en formato papel y recogida en el propio
Registro.
II
Dichas solicitudes fueron denegadas por el Registro de la Propiedad de Inca
número 2 conforme a la siguiente calificación:
«Denegada la expedición de la/s nota/s simple/s solicitada/s por no ajustarse a la
normativa reguladora del procedimiento de emisión de publicidad registral, al haberse
presentado por conducto incorrecto, de conformidad con los artículos 14.1 de la
Ley 39/2015 de 1 de octubre, artículo 240 del Reglamento Hipotecario, artículo 112.5 de
la Ley 24/2001, artículo 222 de la Ley Hipotecaria, así como Resoluciones de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 20 de octubre de 2022 y 14 de
noviembre de 2022».
III
Contra las anteriores notas de calificación, don R. G. G., abogado, administrador
único de la entidad «Egest Consultores, SL», interpuso recurso el día 2 de marzo
de 2023 en base a las siguientes alegaciones:

Primero. El durante el pasado mes de enero la entidad Egest Consultores ha
recibido, varias notas (5) de calificaciones de la registradora del Registro de Inca n.º 2
por las que se “deniega la expedición de notas simples solicitadas por no ajustarse a la
normativa reguladora del procedimiento de emisión de publicidad formal…”
Segundo. Se impugnan, por economía procesal, todas las resoluciones que se
adjunta a este recurso y que son todas idénticas y del tenor literal siguiente:
“Denegada la expedición de la/s nota/s simple/s solicitada/s por no ajustarse a la
normativa reguladora del procedimiento de emisión de publicidad registral, al hacerse
presentado por conducto incorrecto de conformidad con los artículos 14.1 de la

cve: BOE-A-2023-15111
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