III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servidumbres aeronáuticas. (BOE-A-2023-15120)
Real Decreto 560/2023, de 27 de junio, por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas del VOR, DME y centro de emisores y receptores de Monte de la Reina (Málaga), VOR y DME de Campillos, y enlaces hertzianos entre el VOR de Monte de la Reina (Málaga) y la torre de control del aeropuerto de Málaga-Costa del Sol, y se establecen las correspondientes al enlace hertziano entre el VOR de Monte de la Reina (Málaga) y el VOR de Campillos (Málaga).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Miércoles 28 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 90429
8.ª Enlace hertziano REH VOR MGA(3)/VOR MAR, cuya frecuencia más baja es
de 10.504 MHz, entre las siguientes instalaciones:
VOR MGA(3): latitud Norte 36° 48’ 51,337’’; longitud Oeste 04° 22’ 11,664’’;
altitud 1.028,0 metros. Ubicado en el término municipal de Málaga.
VOR MAR: latitud Norte 37° 03’ 19,022’’; longitud Oeste 04° 56’ 23,182’’;
altitud 686,6 metros. Ubicado en el término municipal de Campillos.
Cuarto. Servidumbres radioeléctricas aeronáuticas para el caso en que los obstáculos
sean aerogeneradores.
Las servidumbres asociadas a las instalaciones enumeradas en el apartado anterior
se completarán con el establecimiento de las servidumbres radioeléctricas aeronáuticas
exclusivamente para el caso en que los obstáculos sean aerogeneradores en un real
decreto ex profeso para dichas instalaciones.
Quinto.
Municipios afectados.
Los términos municipales afectados por las servidumbres aeronáuticas de las
instalaciones radioeléctricas VOR, DME y centro de emisores y receptores de Monte de
la Reina (Málaga), VOR y DME de Campillos, y los enlaces hertzianos entre el VOR de
Monte de la Reina (Málaga) y la torre de control del aeropuerto de Málaga-Costa del Sol
y entre el VOR Monte de la Reina (Málaga) y el VOR de Campillos, pertenecientes a la
provincia de Málaga, son los que a continuación se relacionan:
Almogía.
Antequera.
Campillos.
Casabermeja.
Málaga.
Teba.
Valle de Abdalajís.
Villanueva de la Concepción.
Sexto.
Incorporación de las servidumbres aeronáuticas al plan director.
Quedan integradas en el plan director del aeropuerto de Málaga-Costa del Sol las
determinaciones relativas a las presentes servidumbres aeronáuticas para la
configuración correspondiente al escenario actual, de acuerdo con el artículo 29.1,
párrafo segundo, del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas,
y conforme a las coordenadas y cotas que figuran en el apartado tercero. Para la
configuración correspondiente al desarrollo previsible, se aplican las actuaciones
propuestas en el plan director del aeropuerto de Málaga-Costa del Sol partiendo de las
presentes servidumbres aeronáuticas.
Pérdida de eficacia.
El presente real decreto deja sin efectos parcialmente al Real Decreto 1842/2009,
de 27 de noviembre, por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del
aeropuerto de Málaga, en relación a las instalaciones radioeléctricas del VOR y DME
MAR, centro comunicaciones Cuesta de la Reina, VOR y DME MGA, y los enlaces
hertzianos entre la torre de control del aeropuerto de Málaga-Costa del Sol y Monte de la
Reina (Málaga).
cve: BOE-A-2023-15120
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 153
Miércoles 28 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 90429
8.ª Enlace hertziano REH VOR MGA(3)/VOR MAR, cuya frecuencia más baja es
de 10.504 MHz, entre las siguientes instalaciones:
VOR MGA(3): latitud Norte 36° 48’ 51,337’’; longitud Oeste 04° 22’ 11,664’’;
altitud 1.028,0 metros. Ubicado en el término municipal de Málaga.
VOR MAR: latitud Norte 37° 03’ 19,022’’; longitud Oeste 04° 56’ 23,182’’;
altitud 686,6 metros. Ubicado en el término municipal de Campillos.
Cuarto. Servidumbres radioeléctricas aeronáuticas para el caso en que los obstáculos
sean aerogeneradores.
Las servidumbres asociadas a las instalaciones enumeradas en el apartado anterior
se completarán con el establecimiento de las servidumbres radioeléctricas aeronáuticas
exclusivamente para el caso en que los obstáculos sean aerogeneradores en un real
decreto ex profeso para dichas instalaciones.
Quinto.
Municipios afectados.
Los términos municipales afectados por las servidumbres aeronáuticas de las
instalaciones radioeléctricas VOR, DME y centro de emisores y receptores de Monte de
la Reina (Málaga), VOR y DME de Campillos, y los enlaces hertzianos entre el VOR de
Monte de la Reina (Málaga) y la torre de control del aeropuerto de Málaga-Costa del Sol
y entre el VOR Monte de la Reina (Málaga) y el VOR de Campillos, pertenecientes a la
provincia de Málaga, son los que a continuación se relacionan:
Almogía.
Antequera.
Campillos.
Casabermeja.
Málaga.
Teba.
Valle de Abdalajís.
Villanueva de la Concepción.
Sexto.
Incorporación de las servidumbres aeronáuticas al plan director.
Quedan integradas en el plan director del aeropuerto de Málaga-Costa del Sol las
determinaciones relativas a las presentes servidumbres aeronáuticas para la
configuración correspondiente al escenario actual, de acuerdo con el artículo 29.1,
párrafo segundo, del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas,
y conforme a las coordenadas y cotas que figuran en el apartado tercero. Para la
configuración correspondiente al desarrollo previsible, se aplican las actuaciones
propuestas en el plan director del aeropuerto de Málaga-Costa del Sol partiendo de las
presentes servidumbres aeronáuticas.
Pérdida de eficacia.
El presente real decreto deja sin efectos parcialmente al Real Decreto 1842/2009,
de 27 de noviembre, por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del
aeropuerto de Málaga, en relación a las instalaciones radioeléctricas del VOR y DME
MAR, centro comunicaciones Cuesta de la Reina, VOR y DME MGA, y los enlaces
hertzianos entre la torre de control del aeropuerto de Málaga-Costa del Sol y Monte de la
Reina (Málaga).
cve: BOE-A-2023-15120
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.