III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Zonas de interés para la Defensa Nacional. (BOE-A-2023-15117)
Real Decreto 559/2023, de 27 de junio, por el que se declara zona de Interés para la Defensa Nacional la propiedad denominada "Estación Naval de Puntales", ubicada en el término municipal de Cádiz, en la provincia de Cádiz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Miércoles 28 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 90409

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
15117

Real Decreto 559/2023, de 27 de junio, por el que se declara zona de Interés
para la Defensa Nacional la propiedad denominada «Estación Naval de
Puntales», ubicada en el término municipal de Cádiz, en la provincia de
Cádiz.

La función de Defensa Nacional es contenido esencial de la función política de
Gobierno, y así lo expresa la Constitución Española, en su artículo 149.1.4.º, al atribuir al
Estado la competencia exclusiva de su defensa y al asignar al Gobierno la dirección de
esta función en el artículo 97.
Compete, así, constitucionalmente al Gobierno dirigir la política de Defensa y la
política Militar y adoptar, en su consecuencia, las condiciones necesarias para su mejor
eficacia.
Esta eficacia viene recabando desde tiempo atrás, y hoy con mayor motivo y con
carácter ineludible, disponer sin perturbaciones de bases y campos de adiestramiento
para la Armada, de modo que se alcancen con la máxima garantía los objetivos de
adiestramiento que aseguren el cumplimiento de las misiones que le son asignadas en el
artículo 15 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.
Con este propósito, y con el fin de preservar la propiedad militar y sus instalaciones
de cualquier actuación que pudiera afectarla, han sido adecuadamente ponderados los
distintos intereses que pueden incidir en la zona que se declara de interés para la
Defensa Nacional y que se extiende a las zonas ocupadas por la denominada «Estación
Naval de Puntales», instalación militar ubicada en el término municipal de Cádiz, en la
provincia de Cádiz, comprendiendo tanto los límites de la propiedad dentro de las
coordenadas que se detallan en el anexo a este real decreto, como el espacio aéreo
situado sobre la misma.
La denominación de zonas de interés para la Defensa Nacional viene recogida en el
artículo segundo de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés
para la Defensa Nacional, y la declaración de dichas zonas se llevará a cabo mediante la
promulgación de un real decreto, de acuerdo con el artículo quinto de esta misma ley.
La Comisión Interministerial de Defensa, que actúa por delegación del Consejo de
Defensa Nacional, adoptó el día 3 de noviembre de 2022, el acuerdo de aprobar la
propuesta de declaración de zona de interés para la Defensa Nacional de la propiedad
militar denominada «Estación Naval de Puntales».
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de junio de 2023,
DISPONGO:

1. Se declara zona de interés para la Defensa Nacional la superficie de 47,97234
hectáreas comprendida en las coordenadas que se detallan en el anexo a este real
decreto, en la que se encuentra la propiedad militar denominada «Estación Naval de
Puntales», el espacio marítimo adyacente, el canal de salida a aguas libres, y el espacio
aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio y las aguas citadas, en el término
municipal de Cádiz, provincia de Cádiz.

cve: BOE-A-2023-15117
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Declaración de zona de interés para la Defensa Nacional.