II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2023-15082)
Decreto de 12 de junio de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Granada, con dedicación no exclusiva, a don Francisco Javier Peco Moreno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Miércoles 28 de junio de 2023

Sec. II.A. Pág. 90299

fiscales de la plantilla, así como que la propuesta se acompañe de una relación de todos
los que lo hayan solicitado, con aportación de los méritos alegados (art. 36.4).
Por su parte, el art. 62.1 del el art. 62.1 del Reglamento del Ministerio Fiscal
(RD 305/2022, de 3 de mayo), establece que los fiscales delegados de las Fiscalías
Especiales serán nombrados, tras convocatoria pública, mediante Decreto de la persona
titular de la Fiscalía General del Estado previa propuesta motivada, acompañada del
correspondiente informe del Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial, del Fiscal Jefe
de la Fiscalía correspondiente, oído el Consejo Fiscal. En las solicitudes informadas por
la Fiscal Jefe, los solicitantes tendrán que acreditar la formación específica y la
experiencia práctica en la materia propia de la Fiscalía Especial, valorándose
especialmente el tiempo que se haya formado parte de la sección especializada en la
misma o distinta Fiscalía, los cursos de especialización, las publicaciones especializadas
y la docencia impartida sobre la misma. Todo ello ha sido cumplido en este expediente,
destacando los méritos de los dos peticionarios, si bien el propuesto resulta más idóneo
para esta plaza.
Segundo.
La Instrucción 5/2008, de 18 de diciembre, de la Fiscalía General del Estado,
complementaba lo dispuesto en el EOMF, al aclarar que también se seguirá el mismo
procedimiento de designación en los casos en los que el delegado de la especialidad
que se propone no tenga el rango de decano, como sucede en este caso. La Instrucción
de 1 de agosto de 2008, de la Inspección de la Fiscalía General del Estado, establece
reglas para unificar criterios en las propuestas, con especificaciones para los delegados
provinciales de las Fiscalías Anticorrupción y Antidroga.
La misma Instrucción 5/2008 establece que los nombramientos y ceses de los
delegados provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del
correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que
estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del
Estado a través de la Inspección Fiscal.
Tercero.
Se han llevado a cabo, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al
nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefa Antidroga está
suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato propuesto, al igual que el
informe previo del Fiscal Jefe Provincial.

1. Nombrar, con dedicación no exclusiva, al Ilmo. Sr. don Francisco Javier Peco
Moreno fiscal delegado de la Fiscalía Especial Antidroga, en la Fiscalía Provincial de
Granada.
2. Notificar el presente Decreto a la Fiscal Jefa Antidroga, al Fiscal Jefe Provincial
de Granada, que lo trasladará al Fiscal interesado y a la otra fiscal peticionaria, y al
Ministerio de Justicia, con entrega de copias de la resolución.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de
un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su
publicación ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, n.° 4, Madrid 28010) en los
términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o,
alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en los artículos 10, 12 y 14.1

cve: BOE-A-2023-15082
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En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones
del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y del RMF, y haciendo propia la
fundamentación de la propuesta, acuerdo: