II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2023-15082)
Decreto de 12 de junio de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Granada, con dedicación no exclusiva, a don Francisco Javier Peco Moreno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Miércoles 28 de junio de 2023
Sec. II.A. Pág. 90298
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO FISCAL
15082
Decreto de 12 de junio de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que se
nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía
Provincial de Granada, con dedicación no exclusiva, a don Francisco Javier
Peco Moreno.
Hechos
Primero.
El 22 de abril de 2022, la Excma. Sra. Fiscal de Sala Jefa de la Fiscalía Especial
Antidroga remitió a la Inspección Fiscal un escrito en el que propuso el nombramiento del
Ilmo. Sr. Fiscal don Francisco Javier Peco Moreno como delegado de la citada Fiscalía
Especial en la Fiscalía Provincial de Granada. La propuesta se hace en régimen de no
exclusividad.
El escrito viene complementado por la justificación de que el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe
Provincial de Granada había comunicado a toda la plantilla la oferta de la plaza, a la que
han concurrido dos interesados. El informe favorable del Fiscal Jefe se acompaña
también de las solicitudes y los currículos profesionales de ambos candidatos,
mostrando su parecer favorable a la designación de don Francisco Javier Peco Moreno,
aun ponderando los méritos que asimismo posee la otra candidata. En similares términos
se expresa la Fiscal de Sala Jefa Antidroga.
Segundo.
Fundamentos de Derecho
Primero.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las
Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado,
a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. El mismo precepto exige que, para la
cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los
cve: BOE-A-2023-15082
Verificable en https://www.boe.es
Con motivo de la renuncia a su cargo del anterior fiscal delegado en Granada de la
especialidad, el Fiscal Jefe Provincial de comunicó a todos los miembros de la plantilla
que quien estuviera interesado debía formular la correspondiente solicitud. De entre los
dos solicitantes que han aportado sus curriculum vitae y que tienen acreditada suficiente
experiencia y formación, el Fiscal Jefe propone a don Francisco Javier Peco Moreno,
justificando la decisión. Las solicitudes han sido elevadas por el Fiscal Jefe Provincial
(con su informe favorable al nombramiento de aquel) a la Fiscal Jefa Antidroga, y por
esta una propuesta favorable remitida a la Inspección de la Fiscalía General del Estado,
destacando los méritos que hacen a don Francisco Javier idóneo para desempeñar el
cargo. La propuesta se hace con carácter de dedicación no exclusiva, según se ha
especificado en el decreto del Fiscal Jefe de Granada y en el informe de la Fiscal de
Sala que han sido recibidos en la FGE.
Por tanto, constan el informe favorable y la propuesta del Fiscal de Sala, informando
en el mismo sentido el Consejo Fiscal (art. 3.d del R.D.437/1983), con el parecer
discrepante de un vocal.
Núm. 153
Miércoles 28 de junio de 2023
Sec. II.A. Pág. 90298
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO FISCAL
15082
Decreto de 12 de junio de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que se
nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía
Provincial de Granada, con dedicación no exclusiva, a don Francisco Javier
Peco Moreno.
Hechos
Primero.
El 22 de abril de 2022, la Excma. Sra. Fiscal de Sala Jefa de la Fiscalía Especial
Antidroga remitió a la Inspección Fiscal un escrito en el que propuso el nombramiento del
Ilmo. Sr. Fiscal don Francisco Javier Peco Moreno como delegado de la citada Fiscalía
Especial en la Fiscalía Provincial de Granada. La propuesta se hace en régimen de no
exclusividad.
El escrito viene complementado por la justificación de que el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe
Provincial de Granada había comunicado a toda la plantilla la oferta de la plaza, a la que
han concurrido dos interesados. El informe favorable del Fiscal Jefe se acompaña
también de las solicitudes y los currículos profesionales de ambos candidatos,
mostrando su parecer favorable a la designación de don Francisco Javier Peco Moreno,
aun ponderando los méritos que asimismo posee la otra candidata. En similares términos
se expresa la Fiscal de Sala Jefa Antidroga.
Segundo.
Fundamentos de Derecho
Primero.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los fiscales decanos de las
Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado,
a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. El mismo precepto exige que, para la
cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los
cve: BOE-A-2023-15082
Verificable en https://www.boe.es
Con motivo de la renuncia a su cargo del anterior fiscal delegado en Granada de la
especialidad, el Fiscal Jefe Provincial de comunicó a todos los miembros de la plantilla
que quien estuviera interesado debía formular la correspondiente solicitud. De entre los
dos solicitantes que han aportado sus curriculum vitae y que tienen acreditada suficiente
experiencia y formación, el Fiscal Jefe propone a don Francisco Javier Peco Moreno,
justificando la decisión. Las solicitudes han sido elevadas por el Fiscal Jefe Provincial
(con su informe favorable al nombramiento de aquel) a la Fiscal Jefa Antidroga, y por
esta una propuesta favorable remitida a la Inspección de la Fiscalía General del Estado,
destacando los méritos que hacen a don Francisco Javier idóneo para desempeñar el
cargo. La propuesta se hace con carácter de dedicación no exclusiva, según se ha
especificado en el decreto del Fiscal Jefe de Granada y en el informe de la Fiscal de
Sala que han sido recibidos en la FGE.
Por tanto, constan el informe favorable y la propuesta del Fiscal de Sala, informando
en el mismo sentido el Consejo Fiscal (art. 3.d del R.D.437/1983), con el parecer
discrepante de un vocal.