III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2023-15049)
Orden TMA/692/2023, de 9 de junio, por la que se aprueba la modificación sustancial de la delimitación de espacios y usos portuarios del puerto de Santa Cruz de La Palma.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Martes 27 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89938
Tras una serie de informes cruzados entre la Autoridad Portuaria y la Dirección
General de la Costa y el Mar, tratando de llegar a una postura común para ambas partes,
se obtiene informe favorable de esta Dirección General con fecha 6 de septiembre
de 2022, siempre que se incorpore a la desafectación propuesta en la Delimitación de
Espacios y Usos Portuarios la de la zona de aguas II situada en el frente de la playa que
se apoya en el dique del este de la manera indicada en las consideraciones del informe,
aspecto atendido por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en la última
versión firmada con fecha 12 de diciembre de 2022 y recibida en el organismo público
Puertos del Estado con fecha 18 de enero de 2023.
En relación con el resto de desafectaciones planteadas en el documento DEUP, la
Dirección General de la Costa y el Mar mostró su conformidad a las mismas, en el
precitado informe de 30 de junio de 2017, de tal forma que una de ellas (4.820 m2
localizados en el frente litoral del puerto de Santa Cruz de La Palma) se incorpora al
Dominio Público Marítimo Terrestre, quedando la otra como bien patrimonial de la
Autoridad Portuaria (superficie de 2.651 m2 situada en el frente urbano). Cualquier acto
de disposición de dichos bienes por la Autoridad Portuaria deberá cumplir con lo exigido
por el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Finalmente, Puertos del Estado ha informado favorablemente la modificación de la
delimitación de espacios y usos portuarios, al responder a las necesidades actuales del
puerto de Santa Cruz de La Palma y observar que se han cumplido los requisitos
establecidos en el artículo 69 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de
la Marina Mercante.
En su virtud, a propuesta de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y de
Puertos del Estado, cumplidos los trámites exigidos por la legislación vigente, dispongo:
Primero. Aprobación de la delimitación de espacios y usos portuarios.
Se aprueba la Modificación de la delimitación de espacios y usos portuarios del
puerto de Santa Cruz de La Palma, firmada con fecha 12 de diciembre de 2022 y
recibida en Puertos del Estado con fecha 18 de enero de 2023, y redactada de acuerdo
con el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Segundo.
Delimitación de la zona de servicio terrestre.
P
Coordenada X
Coordenada Y
1
229.488,56
3.174.780,80
2
229.344,09
3.174.770,11
3
229.344,97
3.174.786,59
4
229.347,22
3.174.825,01
5
229.347,54
3.174.830,16
6
229.347,96
3.174.837,90
7
229.348,20
3.174.843,06
8
229.348,41
3.174.848,22
9
229.348,70
3.174.856,71
10
229.348,79
3.174.860,05
cve: BOE-A-2023-15049
Verificable en https://www.boe.es
La definición del límite exterior de la zona de servicio terrestre del puerto de Santa
Cruz de La Palma se encuentra definida por las coordenadas UTM (REGCAN95 / UTM
zone 28N) siguientes:
Núm. 152
Martes 27 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89938
Tras una serie de informes cruzados entre la Autoridad Portuaria y la Dirección
General de la Costa y el Mar, tratando de llegar a una postura común para ambas partes,
se obtiene informe favorable de esta Dirección General con fecha 6 de septiembre
de 2022, siempre que se incorpore a la desafectación propuesta en la Delimitación de
Espacios y Usos Portuarios la de la zona de aguas II situada en el frente de la playa que
se apoya en el dique del este de la manera indicada en las consideraciones del informe,
aspecto atendido por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en la última
versión firmada con fecha 12 de diciembre de 2022 y recibida en el organismo público
Puertos del Estado con fecha 18 de enero de 2023.
En relación con el resto de desafectaciones planteadas en el documento DEUP, la
Dirección General de la Costa y el Mar mostró su conformidad a las mismas, en el
precitado informe de 30 de junio de 2017, de tal forma que una de ellas (4.820 m2
localizados en el frente litoral del puerto de Santa Cruz de La Palma) se incorpora al
Dominio Público Marítimo Terrestre, quedando la otra como bien patrimonial de la
Autoridad Portuaria (superficie de 2.651 m2 situada en el frente urbano). Cualquier acto
de disposición de dichos bienes por la Autoridad Portuaria deberá cumplir con lo exigido
por el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Finalmente, Puertos del Estado ha informado favorablemente la modificación de la
delimitación de espacios y usos portuarios, al responder a las necesidades actuales del
puerto de Santa Cruz de La Palma y observar que se han cumplido los requisitos
establecidos en el artículo 69 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de
la Marina Mercante.
En su virtud, a propuesta de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y de
Puertos del Estado, cumplidos los trámites exigidos por la legislación vigente, dispongo:
Primero. Aprobación de la delimitación de espacios y usos portuarios.
Se aprueba la Modificación de la delimitación de espacios y usos portuarios del
puerto de Santa Cruz de La Palma, firmada con fecha 12 de diciembre de 2022 y
recibida en Puertos del Estado con fecha 18 de enero de 2023, y redactada de acuerdo
con el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Segundo.
Delimitación de la zona de servicio terrestre.
P
Coordenada X
Coordenada Y
1
229.488,56
3.174.780,80
2
229.344,09
3.174.770,11
3
229.344,97
3.174.786,59
4
229.347,22
3.174.825,01
5
229.347,54
3.174.830,16
6
229.347,96
3.174.837,90
7
229.348,20
3.174.843,06
8
229.348,41
3.174.848,22
9
229.348,70
3.174.856,71
10
229.348,79
3.174.860,05
cve: BOE-A-2023-15049
Verificable en https://www.boe.es
La definición del límite exterior de la zona de servicio terrestre del puerto de Santa
Cruz de La Palma se encuentra definida por las coordenadas UTM (REGCAN95 / UTM
zone 28N) siguientes: