III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2023-14993)
Orden CUD/684/2023, de 15 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a Federaciones Deportivas Españolas para proyectos y actuaciones encaminadas a digitalizar el sector deportivo español, financiadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 89711

deporte; la inversión dirigida a optimizar los recursos e implementar medidas de
sostenibilidad ambiental en las instalaciones deportivas; el desarrollo de infraestructuras
que permitan un mejor acceso a la actividad física saludable en zonas en riesgo de
despoblación; el fomento de hábitos saludables a través del deporte y la actividad física,
mejorando la salud de nuestros ciudadanos y el desarrollo de sectores específicos que
promuevan la igualdad y la inclusión en el deporte. Es precisamente en el pilar de la
digitalización del sector deporte en donde se circunscriben las medidas proyectadas en
la presente disposición, orientadas hacia la modernización y digitalización de las
Federaciones Deportivas Españolas para optimizar la gestión deportiva y mejorar las
condiciones de vida y los resultados de los deportistas.
Dentro de las actuaciones de este Componente 26 se describe la Inversión C26.I1
denominada «Plan de Digitalización del Sector Deporte» que, entre otros objetivos, tiene
los siguientes:
«Modernizar, a través de la digitalización, la gestión de la actividad ordinaria y
económica de las federaciones deportivas españolas, mejorando los elementos de
control públicos.» «Mejorar el análisis de los datos resultantes de la práctica deportiva,
de sus actividades y sus resultados, que permita una mejora de la planificación futura de
proyectos.» «Impulsar la digitalización de los Centros públicos de Medicina del Deporte.
Simplificar y personalizar la relación de los deportistas y profesionales sanitarios en el
ámbito de la Medicina del Deporte. Potenciar la investigación en telemedicina
(aplicaciones, dispositivos...) aplicada a la práctica de actividad física y el deporte.»
«Asignar una identidad digital, gestionar y pagar licencias deportivas y los seguros
asociados a las licencias deportivas en un entorno criptográfico seguro. Todo ello
aplicando de procedimientos de estructuración de Big Data mediante algoritmos de
Inteligencia Artificial que conecten con la información de sensores IoT (Internet of Things
o Internet de las cosas)» «Modernizar y digitalizar el desarrollo de las políticas estatales
de protección de la salud en el Deporte y, entre ellas y de modo especial, la lucha contra
el dopaje y de investigación en ciencias del deporte.» «Mejorar la resiliencia,
accesibilidad y eficacia de los sistemas de salud y atención, su accesibilidad y su
preparación para situaciones de crisis, promoviendo de forma segura, sostenible e
inclusiva la práctica de actividad física y el deporte para la salud (AFBS), para toda la
ciudadanía, que denominamos “Deporte Seguro, Saludable e Inclusivo”».
Las actuaciones proyectadas en esta orden de bases son un elemento prioritario
para la consecución de estos objetivos ya que supondrán una importante transferencia
de fondos a las Federaciones Deportivas Españolas para que alcancen un alto grado de
digitalización y modernización, en especial en los aspectos de gestión económicaadministrativa, gestión de las licencias y seguros federativos, análisis y mejora de los
resultados obtenidos, y planificación de entrenamientos y temporadas a través todo ello
de herramientas digitales e inteligencia artificial. Todo ello, para mejorar la salud, la
experiencia y los resultados del conjunto del deporte español, tanto profesional y como el
rendimiento de alto nivel, como formativo y amateur. Del mismo modo, contribuyen a la
consecución del objetivo e hito número 370 del citado componente 26: «Digitalización del
sector del deporte» que consiste en la ejecución presupuestaria de al menos 75,6
millones de euros para obtener una mejora significativa de la digitalización del sector.
Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Recuperación, en el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión
Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en
virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como
con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, todas las
actuaciones financiadas que se llevarán a cabo en cumplimiento de la presente orden,
deben respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al

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