T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-14922)
Sala Segunda. Sentencia 54/2023, de 22 de mayo de 2023. Recursos de amparo 4728-2021 y 4730-2021 (acumulados). Promovidos por don Salvador Reina Calderón y don Daniel Castells Batlló en relación con los autos dictados por la Audiencia Provincial de Barcelona en procedimiento de ejecución penal. Vulneración del derecho a la legalidad penal: aplicación retroactiva de una ley penal desfavorable.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Sábado 24 de junio de 2023
Sec. TC. Pág. 89084
En consecuencia, procede anular los mencionados autos, retrotraer el procedimiento
al momento inmediatamente anterior al de dictarse la primera de las resoluciones
anuladas, para que el órgano judicial pronuncie una nueva resolución que sea
respetuosa con el derecho fundamental reconocido.
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar los recursos de
amparo interpuestos por don Salvador Reina Calderón y don Daniel Castells Batlló y, en
su virtud:
1.º Declarar que ha sido vulnerado el derecho fundamental de los recurrentes a la
legalidad penal (art. 25.1 CE).
2.º Declarar la nulidad de los autos de 20 de abril y 20 de mayo de 2021, dictados
por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el procedimiento de
ejecución penal núm. 59-2020.
3.º Retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior al de dictarse
la primera de las resoluciones anuladas, para que el órgano judicial pronuncie una nueva
resolución que sea respetuosa con el derecho fundamental reconocido.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-14922
Verificable en https://www.boe.es
Dada en Madrid, a veintidós de mayo de dos mil veintitrés.–Inmaculada Montalbán
Huertas.–María Luisa Balaguer Callejón.–Enrique Arnaldo Alcubilla.–César Tolosa
Tribiño.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 150
Sábado 24 de junio de 2023
Sec. TC. Pág. 89084
En consecuencia, procede anular los mencionados autos, retrotraer el procedimiento
al momento inmediatamente anterior al de dictarse la primera de las resoluciones
anuladas, para que el órgano judicial pronuncie una nueva resolución que sea
respetuosa con el derecho fundamental reconocido.
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar los recursos de
amparo interpuestos por don Salvador Reina Calderón y don Daniel Castells Batlló y, en
su virtud:
1.º Declarar que ha sido vulnerado el derecho fundamental de los recurrentes a la
legalidad penal (art. 25.1 CE).
2.º Declarar la nulidad de los autos de 20 de abril y 20 de mayo de 2021, dictados
por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el procedimiento de
ejecución penal núm. 59-2020.
3.º Retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior al de dictarse
la primera de las resoluciones anuladas, para que el órgano judicial pronuncie una nueva
resolución que sea respetuosa con el derecho fundamental reconocido.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-14922
Verificable en https://www.boe.es
Dada en Madrid, a veintidós de mayo de dos mil veintitrés.–Inmaculada Montalbán
Huertas.–María Luisa Balaguer Callejón.–Enrique Arnaldo Alcubilla.–César Tolosa
Tribiño.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X