T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-14926)
Pleno. Sentencia 58/2023, de 23 de mayo de 2023. Recurso de amparo 3908-2020. Promovido por el grupo parlamentario Vox-Actúa Baleares del Parlamento de las Illes Balears respecto de los acuerdos adoptados por la mesa del Parlamento de las Illes Balears en respuesta a su solicitud de visitas a centros educativos. Supuesta vulneración del derecho al ejercicio de las funciones representativas: limitación del ejercicio del derecho de visita al horario no lectivo que responde al legítimo propósito de no alterar el normal funcionamiento del servicio. Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Sábado 24 de junio de 2023

Sec. TC. Pág. 89139

lo que expresamente se establece en relación con las peticiones de información en el
art. 15.4 RPIB para aquellos casos en que, a juicio del diputado, la administración
incumpla o cumpla defectuosamente con lo requerido (en tal caso el diputado podrá
formular su queja ante la mesa de la Cámara, que adoptará las medidas que considere
oportunas y necesarias para garantizarle el acceso a la información solicitada, según
dispone el precepto).
Por todo ello, estimo que la fundamentación de los acuerdos de la mesa del
Parlamento de las Illes Balears impugnados en amparo desconoce el fin institucional
propio del derecho de visita reconocido por el art. 15.5 RPIB y conduce, en definitiva, a
vaciar de contenido ese derecho, que integra, como la propia sentencia reconoce, el
núcleo del ius in officium de la función parlamentaria de los diputados baleares. En
consecuencia, debió apreciarse por este tribunal que los acuerdos impugnados
vulneraron el derecho fundamental de los diputados del grupo parlamentario recurrente
proclamado en el art. 23.2 CE, que garantiza el ejercicio de las funciones propias de la
actividad parlamentaria sin perturbaciones ilegítimas.

cve: BOE-A-2023-14926
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Madrid, a veintinueve de mayo de dos mil veintitrés.–Ricardo Enríquez Sancho.–
Enrique Arnaldo Alcubilla.–Concepción Espejel Jorquera.–César Tolosa Tribiño.–Firmado
y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X