III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-14866)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para trabajos de investigación hidrogeológica en el ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Viernes 23 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 88727

Cuarto.
El Instituto Geológico y Minero de España (en adelante CSIC-IGME) es un Centro
Nacional del CSIC, sin personalidad jurídica diferenciada, previsto en el artículo 26 bis de
su Estatuto, siendo el centro de investigación y servicios técnicos de referencia y soporte
para la política minera del Gobierno y de los Ministerios de Industria, Turismo y
Comercio, y de Transición Ecológica y Reto Demográfico, en especial en materias
relacionadas con las ciencias y tecnologías de la Tierra para cualquier actuación sobre el
territorio, las aguas continentales y el subsuelo, a través de estudios e investigaciones
geológicas, hidrogeológicas y geotécnicas.
Quinto.
Sin perjuicio de las competencias en la gestión del agua, la disposición adicional
cuarta del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas, contempla la realización por parte del Instituto Geológico y
Minero de España (IGME) de actuaciones tendentes al mejor conocimiento y protección
de los acuíferos subterráneos, y prestación de asesoramiento técnico a las distintas
Administraciones públicas en materias relacionadas con las aguas subterráneas.
Sexto.
Con anterioridad, y en los años 1989, 1995, 1998-1999, 2000, 2006 y 2007, se
suscribieron encomiendas de gestión y convenios de colaboración entre ambos
organismos para la investigación y el estudio de las aguas subterráneas. Entre las
actividades contempladas cabe destacar las llevadas a cabo por el IGME en el marco de
la encomienda de la Dirección General del Agua en 2007 para la realización de trabajos
científico-técnicos como apoyo a la sostenibilidad y protección de las aguas
subterráneas. Este tipo colaboración supone una mejora del conocimiento en materia de
aguas subterráneas, lo que contribuye al mejor desempeño de las funciones de ambos
organismos.
Séptimo.
Se atribuye a la Administración General del Estado la competencia sobre el fomento
y la coordinación general de la investigación científica y técnica (artículo 149.1.15 de la
Constitución) de conformidad con el interés general que obliga a todos los poderes
públicos (artículo 44.2 de la Constitución).

Ambas partes manifiestan un interés mutuo por iniciar una vía de colaboración con el
objetivo de actualizar y mejorar el conocimiento hidrogeológico de la Demarcación
Hidrográfica del Júcar y, en virtud de la defensa del principio de promoción de la ciencia y
de la investigación científica y en beneficio del interés general que establece el
artículo 44.2 de la Constitución Española, el CSIC-IGME y la Confederación Hidrográfica
del Júcar, O.A. desean comprometerse en la ejecución de las actividades relacionadas
en el Anexo de este documento, por encontrarse dentro de las funciones atribuidas a
cada uno de estos organismos.
En consecuencia, de conformidad con el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cuanto a los principios de actuación
de las Administraciones Públicas y las relaciones de éstas entre sí, se hace aconsejable
abordar conjuntamente con el CSIC-IGME la realización de diversos trabajos de
investigación hidrogeológica en el ámbito territorial de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, dentro de un marco de colaboración y cooperación mutuas, para alcanzar una
mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos planteados, concretados en la
adecuada gestión de los recursos hídricos subterráneos.

cve: BOE-A-2023-14866
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Octavo.