III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Becas. (BOE-A-2023-14752)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión de valoración de la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID para capacitación de jóvenes españoles 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Jueves 22 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 88187

A dichos efectos, esta Presidencia, previo informe de la Asesoría Jurídica de la
AECID, ha resuelto que la comisión de valoración estará formada, actuará y funcionará
según se indica a continuación:
Primero. Composición de la comisión.
Presidente: Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación Universitaria y
Científica.
Vicepresidente: Titular de la Jefatura de Área del Departamento de Cooperación
Universitaria y Científica.
Vocales:
– Titular de la Jefatura de la Unidad de Apoyo de la Dirección de Cooperación con
África y Asia.
– Titular de la Consejería Técnica del Departamento de Cooperación con los Países
Andinos y el Cono Sur.
– Titular de la Jefatura de Área del Programa Intercoonecta.
– Titular de la Jefatura de Área de la Red de Embajadas y Consulados del
Departamento de Cooperación y Promoción Cultural.
Secretario: Titular de la Jefatura de Servicio de Control y Seguimiento de
Departamento de Cooperación Universitaria y Científica.
Suplentes:
– Titular de la Consejería Técnica de Coordinación de la Cooperación con la Unión
Europea de la Dirección de Cooperación con África y Asia.
– Titular de la Consejería Técnica de Cooperación con Paraguay y Oficina Regional
en Montevideo (Argentina, Brasil, Chile y Uruguay) del Departamento de Cooperación
con los Países Andinos y el Cono Sur.
– Titular de la Jefatura de Servicio del Programa Intercoonecta.
– Titular de la Jefatura de Servicio de la Red de Embajadas y Consulados del
Departamento de Cooperación y Promoción Cultural.
En casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, el presidente será
sustituido por el vicepresidente, y en su defecto, por el miembro del órgano colegiado de
mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
En caso de vacante del secretario, será sustituido por los vocales en el orden en que
figura en la composición de la comisión.
El régimen de abstención y recusación es el establecido en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asesoramiento de la comisión.

De acuerdo con la base 4.5 de la convocatoria, la comisión podrá recabar el
asesoramiento externo de expertos por áreas temáticas, procedentes del Colegio de
Europa, así como el asesoramiento de personal experto del MAEUEC y de los servicios
centrales de la AECID, a los que solicitará los correspondientes informes.
La comisión recabará los informes de los expertos mencionados en los apartados
específicos de evaluación de los programas de becas citados. Los expertos tratarán de
forma confidencial la información cedida.

cve: BOE-A-2023-14752
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.