III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-14822)
Resolución de 12 de junio de 2023, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Universidad del País Vasco, para el desarrollo de un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Jueves 22 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 88564

La formación práctica académica objeto de este Convenio se clasifican en las
siguientes modalidades.
– Prácticas académicas externas curriculares: se configuran como actividades
académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate.
– Prácticas académicas externas extracurriculares: son aquellas que los estudiantes
podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo
los mismos fines que las practicas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de
Estudios. No obstante, y cuando corresponda, serán contempladas en el Suplemento
Europeo al Título conforme determine la normativa vigente.
– Trabajos establecidos en los planes de estudio y con contenido y título definido de
común acuerdo.
– Formación en el centro de trabajo para estudiantes de formación profesional,
Segunda.

Requisitos de los alumnos.

Podrán realizar prácticas:
– Los estudiantes matriculados en la UPV/EHU, o en los centros adscritos a la misma.
– Los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que se encuentren
cursando estudios en la UPV/EHU, o en sus centros adscritos, en virtud de programas
de movilidad o de convenios establecidos.
Dichos estudiantes deberán asimismo cumplir los siguientes requisitos:
– Estar matriculados en enseñanzas académicas impartidas por la UPV/EHU que se
vinculen a las competencias básicas, genéricas y/o específicas a adquirir en la práctica.
En el caso de prácticas curriculares el estudiante deberá estar matriculado en la
asignatura vinculada a la práctica según el Plan de Estudios.
– No mantengan ninguna relación contractual con el CENIEH.
Naturaleza formativa de las prácticas, régimen de seguridad social y seguros.

El objeto de este Programa es posibilitar a los estudiantes la realización de diversas
actividades fuera de las dependencias del centro formativo con la finalidad de completar
su formación
Dada la naturaleza formativa de las prácticas, de su realización no se derivarán, en
ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, no siéndole de aplicación la
legislación al respecto, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación
laboral propia de puestos de trabajo.
Ambas partes se comprometen al cumplimiento de la legislación en materia de
Seguridad Social en relación con las prácticas objeto de este Convenio, de conformidad
con la normativa sobre esta materia que se encuentre vigente en el momento de
formalizarse cada uno de los anexos de formación.
Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse en el tiempo de
prácticas será cubierta, según el caso, por el Seguro Escolar (alumnos menores de o
con 28 años), o para mayores de 28 años por un seguro personal de accidentes
contratado con una empresa privada de seguros, para todo el periodo de prácticas. La
UPV/EHU velará por la suscripción de dicha póliza que deberá ser acreditada ante el o la
responsable del CENIEH antes del comienzo de las prácticas.
La UPV/EHU se asegurará de que todos los estudiantes que realicen las prácticas externas
tengan cubierta la contingencia de posibles accidentes, cumpliéndose desde el 1 de octubre
de 2023 lo estipulado en la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social, añadida por el artículo único del Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de
marzo y relativa a la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen
prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.

cve: BOE-A-2023-14822
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.