I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Residuos. (BOE-A-2023-14735)
Orden TED/646/2023, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

JuevesANEXO
22 de junio
IV de 2023

Sec. I. Pág. 87980

Esquema orientativo sobre la aplicación del Reglamento COPi a residuos plásticos
ANEXO IV
Esquema orientativo sobre la aplicación del Reglamento COP a residuos plásticos
(1)

(1)
Los tratamientos referidos en el anexo V, parte 1 del Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP), aplicados
al flujo de residuos plásticos, son:
D 9 Tratamiento físico-químico
D 10 Incineración en tierra
R 1 Utilización principal como combustible u otro medio de generación de energía, con exclusión de los
residuos que contengan PCB

i Los tratamientos referidos en el anexo V, parte 1 del Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de

(NO ESCRIBIR AL DORSO)
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-14735
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2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes (COP), aplicados al flujo de residuos plásticos, son:
D 9 Tratamiento físico-químico
D 10 Incineración en tierra
R 1 Utilización principal como combustible u otro medio de generación de energía, con exclusión de los residuos que contengan PCB