III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-14713)
Resolución 420/38235/2023, de 6 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147

Miércoles 21 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 87514

ANEXO VI
Procedimiento de distribución de productos resultantes del Contrato
de Suministro para el fraccionamiento industrial del plasma donado al HCDGUCSVE por el CTFAS
El presente procedimiento alcanza a productos hemoderivados plasmáticos de uso
terapéutico recogidos en el Contrato de Suministro en vigor y que han sido obtenidos
tras el fraccionamiento industrial del plasma humano donado por el Centro de
Transfusiones de las Fuerzas Armadas.
Los productos hemoderivados que se suministrarán serán las presentaciones que
según el contrato de suministro se hayan obtenido para los principios activos albúmina e
inmunoglobulina humana.
La Subdirección General de Farmacia y Productos Sanitarios (SGFyPS) por parte del
SERMAS mantendrá la comunicación necesaria y establecida en este procedimiento que
aseguren los derechos y las obligaciones de ambas partes para la correcta disponibilidad
de los productos por parte de los centros hospitalarios, entre ellos, el Hospital Central de
la Defensa.
1.
1.1

Descripción de las actividades:
Selección de la cantidad a suministrar:

El CT-FAS informará a la SGFyPS de los litros de plasma suministrados el año
anterior.
La SGFyPS calculará la cantidad máxima de albumina e inmunoglobulina
correspondiente a los litros de plasma suministrados y lo comunicará al HCDGU-CSVE.
El HCDGU-CSVE en función del stock disponible y las cantidades máximas
establecidas por la SGFyPS estimará la cantidad anual necesaria, que se repartirá en
una o dos distribuciones anuales, según convenga al HCDGU-CSVE y a la SGFyPS.
La distribución al HCDGU-CSVE se hará coincidir con alguna de las distribuciones
programadas al resto de los hospitales, para mayor eficiencia logística.
1.2

Distribución de productos:

Desde la SGFyPS se remite tanto a la empresa fraccionadora como al HCDGUCSVE un documento llamado «Orden de distribución» (anexo 1), que contiene
información sobre qué productos y las cantidades que se van a distribuir.
El Servicio de Farmacia realiza el procedimiento técnico de adquisición de los
productos y cantidades notificados por la SGFyPS. Este procedimiento se puede realizar
de dos maneras:

El Servicio de Farmacia decidirá el sistema que mejor se adecúe a sus necesidades.
La empresa fraccionadora realiza, de acuerdo con la notificación de la SGFyPS la
distribución de los productos a los hospitales con el albarán correspondiente a coste
cero.
Si en el proceso de la recepción en el Servicio de Farmacia no ha habido incidencias,
el Servicio de Farmacia enviará al mail farmacia.compras@salud.madrid.org el albarán a
coste cero donde se haga constar que la recepción se ha realizado sin incidencias.
Si en el proceso de recepción surge alguna incidencia, el Servicio de Farmacia
deberán informar de ella a los correos farmacia.compras@salud.madrid.org y a la
empresa fraccionadora para que sea subsanada.

cve: BOE-A-2023-14713
Verificable en https://www.boe.es

1. Un único pedido con todos los productos de maquila y las cantidades totales
aproximadas de producto de manera que se vayan realizando solo las recepciones a
medida que se conozca la notificación de la SGFyPS y la llegada física del medicamento.
2. Un pedido con cada notificación de la SGFyPS y la recepción del pedido
completo cuando llegue el producto.