III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servidumbres aeronáuticas. (BOE-A-2023-14715)
Real Decreto 537/2023, de 20 de junio, por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas asociadas a las instalaciones radioeléctricas para la navegación aérea presentes en las comunidades autónomas de Cantabria, Galicia, La Rioja, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y Principado de Asturias para el caso en que las instalaciones sean aerogeneradores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87526
Barañáin/Barañain.
Barásoain.
Bargota.
Belascoáin.
Bera.
Beriáin.
Biurrun-Olcoz.
Cendea de Olza/Oltza Zendea.
Ciriza/Ziritza.
Cizur.
El Busto.
Enériz/Eneritz.
Etxauri.
Galar.
Garínoain.
Goizueta.
Ibargoiti.
Lazagurría.
Legarda.
Leoz/Leotz.
Lesaka.
Los Arcos.
Mendavia.
Monreal/Elo.
Muruzábal.
Noáin (Valle de Elorz)/Noain (Elortzibar).
Obanos.
Olóriz/Oloritz.
Orísoain.
Orkoien.
Pamplona/Iruña.
Puente la Reina/Gares.
Sansol.
Tiebas-Muruarte de Reta.
Tirapu.
Torres del Río.
Ucar.
Unzué/Untzue.
Uterga.
Viana.
Zabalza/Zabaltza.
Zizur Mayor/Zizur Nagusia.
Incorporación de las servidumbres aeronáuticas al plan director.
Las determinaciones relativas a las servidumbres aeronáuticas de las instalaciones que
se indican a continuación quedarán integradas en los respectivos planes directores de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1, párrafo segundo, del Decreto 584/1972, de 24
de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas, modificado por el Real Decreto 297/2013, de 26
de abril, haciendo referencia al escenario actual conforme a las coordenadas y cotas que
figuran en el apartado tercero. Para la configuración correspondiente a los desarrollos
previsibles, se aplican las actuaciones propuestas en cada uno de los planes directores
indicados partiendo de las presentes servidumbres aeronáuticas:
VOR STG, RDR RLEES y RDR RLEAP en el Plan Director del Aeropuerto de Santiago,
VOR VGO en el Plan Director del Aeropuerto de Vigo,
cve: BOE-A-2023-14715
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87526
Barañáin/Barañain.
Barásoain.
Bargota.
Belascoáin.
Bera.
Beriáin.
Biurrun-Olcoz.
Cendea de Olza/Oltza Zendea.
Ciriza/Ziritza.
Cizur.
El Busto.
Enériz/Eneritz.
Etxauri.
Galar.
Garínoain.
Goizueta.
Ibargoiti.
Lazagurría.
Legarda.
Leoz/Leotz.
Lesaka.
Los Arcos.
Mendavia.
Monreal/Elo.
Muruzábal.
Noáin (Valle de Elorz)/Noain (Elortzibar).
Obanos.
Olóriz/Oloritz.
Orísoain.
Orkoien.
Pamplona/Iruña.
Puente la Reina/Gares.
Sansol.
Tiebas-Muruarte de Reta.
Tirapu.
Torres del Río.
Ucar.
Unzué/Untzue.
Uterga.
Viana.
Zabalza/Zabaltza.
Zizur Mayor/Zizur Nagusia.
Incorporación de las servidumbres aeronáuticas al plan director.
Las determinaciones relativas a las servidumbres aeronáuticas de las instalaciones que
se indican a continuación quedarán integradas en los respectivos planes directores de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1, párrafo segundo, del Decreto 584/1972, de 24
de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas, modificado por el Real Decreto 297/2013, de 26
de abril, haciendo referencia al escenario actual conforme a las coordenadas y cotas que
figuran en el apartado tercero. Para la configuración correspondiente a los desarrollos
previsibles, se aplican las actuaciones propuestas en cada uno de los planes directores
indicados partiendo de las presentes servidumbres aeronáuticas:
VOR STG, RDR RLEES y RDR RLEAP en el Plan Director del Aeropuerto de Santiago,
VOR VGO en el Plan Director del Aeropuerto de Vigo,
cve: BOE-A-2023-14715
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.